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DERECHOS GENERALES DE LOS CONTRIBUYENTES
PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION -VICENTE FOX PADILLA
X. Derecho a formular alegatos, presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las
disposiciones fiscales aplicables, incluso el expediente administrativo del cual emane el acto impugnado
I.Derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como del contenido y alcance de las mismas.**
XI. Derecho a ser oído en el trámite administrativo con carácter previo a la emisión de la resolución
determinante del crédito fiscal, en los términos de las leyes respectivas
V. Derecho a obtener certificación y copia de las declaraciones presentadas por el contribuyente,
previo el pago de los derechos que en su caso, establezca la Ley.
VII. Derecho al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes que de los contribuyentes y terceros con ellos relacionados, conozcan los servidores públicos de la administración tributaria
III. Derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte
VIII. Derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración por los servidores públicos de la
administración tributaria.
IV. Derecho a conocer la identidad de las autoridades fiscales bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos en los que tengan condición de interesados
II. Derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables
IX. Derecho a que las actuaciones de las autoridades fiscales que requieran su intervención se lleven a cabo en la forma que les resulte menos onerosa.
VI .Derecho a no aportar los documentos que ya se encuentran en poder de la autoridad fiscal
actuante.
XII.Derecho a ser oído en el trámite administrativo con carácter previo a la emisión de la resolución
determinante del crédito fiscal, en los términos de las leyes respectivas.
XIII. Derecho a corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación que lleven a cabo las autoridades fiscales.
XIV.Derecho a señalar en el juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como
domicilio para recibir notificaciones, el ubicado en cualquier parte del territorio nacionaL