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Seguro de Invalidez y Vida - Coggle Diagram
Seguro de Invalidez y Vida
Invalidez
Semanas Cotizadas
Se requiere que al declararse esta prestación el asegurado tenga acreditado el pago de doscientas semanas de cotización.
Si se determina el 75% o más de invalidez solo se requerirán que tenga acreditadas el 50% de semanas cotizadas.
Derechos del asegurado
Pensión Temporal
Es la que otorgue el seguro en periodos renovables al asegurado en los casos de existir posibilidad de recuperación.
Pensión Definitiva
Es la que corresponde al estado de invalidez que se estima de naturaleza permanente.
Definición
Existe invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse mediante un trabajo igual.
Vida
Cuando ocurra la muerte de asegurado o del pensionado por invalidez, se otorgarán a sus beneficiarios estas prestaciones
Pensión a Ascendientes
Si no existiera viuda, viudo, huérfanos, ni concubina o concubinario, se otorgará a cada uno de los ascendientes una cantidad igual al 20% de la pensión que el asegurado estuviese gozando al fallecer.
Pensión de Orfandad
Tendrán derecho a recibir pensión de orfandad cada uno de los hijos menores de 16 años, igual al 20% de la pensión de invalidez.
Pensión De Viudez
Será igual el noventa por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado en el caso de invalidez.
Requisitos para que se otorguen las prestaciones a los beneficiarios:
Que al fallecer el asegurado tenga reconocido el pago del instituto de un mínimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales.
Que la muerte del asegurado o pensionado por invalidez no se deba a un riesgo de trabajo.