Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
5.2 IVA en Exportación de bienes y servicios, Bibliografía Cámara de…
5.2 IVA en Exportación de bienes y servicios
Exportación de bienes y servicios:
I. Exportación definitiva.
II. Enajenación de intangibles.
III. Arrendamiento de intangibles.
IV. Prestación de Servicios.
i) Servicios de tecnologías.
h) Servicio de atención en centros telefonicos.
g) Filtración o grabación.
f) Operaciones de financiamiento.
e) Seguros y reaseguros, así como afianzamientos y reafianzamientos.
d) Comisiones y mediaciones,
c) Publicidad.
b) Operadores de maquila y submaquila.
a) Asistencia técnica con industrias, comercial o científicas.
V. Los servicios portuarios de carga, descarga, alijo, almacenaje, custodia, estiba y acarreo dentro de los puertos e instalaciones portuarias.
VI. Transportación aérea de personas y bienes.
Tasa cero para exportación de bienes y servicios exentos.
Exportaciones para enajenación o arrendamiento en el extranjero.
Acreditamiento del IVA de bienes que retornen al extranjero.
La devolución procederá hasta que la exportación se consume.
Devolución de IVA a turistas que retornen por vía aérea o marítima.
Conforme la Ley General de Población que retornen al extranjero.
Requisitos:
I. Comprobante fiscal en los términos del SAT.
II. Las mercancías salgan efectivamente del país.
III. Compras mínimas de 1,200 Pesos.
Reglas de operación por el SAT y concesión a particulares para su administración.
Devolución neta del Costo de Administración.
Servicios de Tecnologías siguientes:
Alojamiento de aplicaciones informáticas.
Modernización y optimización de sistemas de seguridad de la información.
Procesamiento, almacenamiento, respaldo de información.
Desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas.
La continuidad de la operación de servicios.
Requisitos de las empresas:
Infraestructura tecnológica, recursos humanos y materiales, ubicados en territorio nacional.
La dirección IP de los dispositivos electrónicos en territorio nacional.
El comprobante fiscal el registro o número fiscal del residente en el extranjero.
El pago se realice a través de medios electrónicos.
Excepciones de servicios de tecnologías
Cuando proporcionan dichos servicios que se utilicen redes privadas virtuales.
Bibliografía
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (1 de julio de 2020). Ley del Impuesto al Valor Agregado. Obtenido de Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_del_Impuesto_al_Valor_Agregado.pdf