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CESANTÍA Y VEJEZ
SEGURO CESANTÍA
Semanas cotizadas
El asegurado tenga reconocidas ante el instituto un mínimo de mil cotizaciones semanales
El trabajador que tenga 60 años o más y no reúna las semanas cotizadas
Podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición
O seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión
Pensión
Es la renta vitalicia o el retiro programado
Renta vitalicia
Contrato por el cual es asegurado a cambio de recibir los recursos acumulados en la cuenta individual
Se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida del pensionado
Retiro programado
La modalidad de obtener una pensión fraccionando el monto total de los recursos de la cuenta individual
CESANTIA
Existe en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de
trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad.
Prestaciones
Pensión
Asistenci medica
Asignaciones familiares
Ayuda asistencial
VEJEZ
Para tener derecho al goce de las prestaciones
El asegurado haya cumplido 65 años de edad
Tenga reconocidos por el instituto un mínimo de 1000 cotizaciones semanales
Da derecho al asegurado las siguientes prestaciones
Asistencia medica
Asignaciones familiares
Pensión
Ayuda asistencial
Si el asegurado tiene mínimo 750 semanas cotizadas
Tendrá derecho a las prestaciones en especie del seguro de
Enfermedades
Maternidad
Si el asegurado tiene 65 años o más y no reúna las semanas de cotización
Podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición
O seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión
El otorgamiento de pensión de vejez solo se podrá efectuar previa solicitud del asegurado
Se le cubrirá a partir de la fecha en que haya dejado de trabajar.