El protocolo de investigación VII. La ética de la investigación en seres humanos.

Hechos históricos que dieron lugar a la redacción de los primeros documentos que guían la investigación en seres humanos

Código de Núremberg

Se publico en 1948

Señalando que "el consentimiento voluntariado del sujeto es absolutamente esencial".

La declaración de Helsinki

En 1964, la Asociación Medica Mundial estableció las primeras recomendaciones para la realización de la investigación.

Fue dirigido principalmente a médicos.

Los protocolos de inv. deben ser evaluados a cabo por personal calificado.

El estudio Tuskegee

En 1932

El Departamento de Salud Pública, inicio el estudio Tuskegee

Sobre sífilis

Participaron 600 hombres afroamericanos

de los cuales 400 se infectaron

En 1950 hubo cura con penicilina, pero no se les ofreció a los participantes, aun así fueran con otro medico, se los impidieron.

El reporte Belmont

Se publico en 1979

Es la base de muchos lineamientos internacionales, son utilizados en seres humanos y para resolver conflictos.

Principios éticos

Respeto por personas, beneficencia, justicia.

Regla de los comunes

Se publico en 1991

Se enfatiza en la protección adicional para los sujetos vulnerables (embarazadas, prisioneros y niños)

Guías de Buenas Practicas Clínicas

Facilita la aceptación de datos surgidos de los ensayos clínicos.

Normativa nacional

En México, el documento que rige la inv. en seres humanos es el Reglamento de la Ley General de Salud.

Se obliga a todos los establecimientos de Salud del sector publico, privado y social a contar con comités hospitalarios de bioética y de ética en investigación.

Aspectos éticos en los protocolos en la investigación.

Existen 3 categorías de riesgo

Inv. sin riesgo, Inv. con riesgo mínimo, e Inv. con riesgo mayor que el mínimo.

Evaluación de protocolos por comités de ética en la investigación.

Tener valor científico o social. Atender el principio de justicia. Cumplir con el principio de beneficencia. establecer el principio de respeto por las personas. Señalar como va a proteger la privacidad.

Carta de consentimiento informado

No se requiere en todos los casos.

Se debe emplear con lenguaje sencillo y sin términos técnicos-médicos.

Debe ser entendible por una persona que ha terminado su educación primaria.

Debe ser firmado por el sujeto de inv. y dos testigos.

Investigación en poblaciones vulnerables.

Se incluyen menores de edad, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, adultos mayores, inmigrantes, analfabetas, estudiantes o pertenecer a minorías étnicas o raciales, no tener hogar o recursos.

Yamilet Bello Herrera-201934176.