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Artículo 2o. Derechos generales de los contribuyentes - Coggle Diagram
Artículo 2o. Derechos generales de los contribuyentes
I. Derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias
II. Derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del
Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables.
III. Derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte.
XIII. Derecho a corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación
que lleven a cabo las autoridades fiscales.
IV. Derecho a conocer la identidad de las autoridades fiscales bajo cuya responsabilidad se tramiten
los procedimientos en los que tengan condición de interesados.
VI. Derecho a no aportar los documentos que ya se encuentran en poder de la autoridad fiscal
actuante.
V. Derecho a obtener certificación y copia de las declaraciones
VII. Derecho al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes que de los contribuyentes y
terceros con ellos relacionados
VIII. Derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración por los servidores públicos de la
administración tributaria
.
IX. Derecho a que las actuaciones de las autoridades fiscales
X. Derecho a formular alegatos, presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las
disposiciones fiscales aplicables
XI. Derecho a ser oído en el trámite administrativo con carácter previo a la emisión de la resolución
determinante del crédito fiscal, en los términos de las leyes respectivas.
XII. Derecho a ser informado, al inicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales,
sobre sus derechos y obligaciones
XIV. Derecho a señalar en el juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, como
domicilio para recibir notificaciones, el ubicado en cualquier parte del territorio nacional,