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PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS SERVICIO DE POLICÍA, PT JUAN CARLOS LEAL…
PROTECCIÓN
DE LOS DERECHOS SERVICIO
DE POLICÍA
DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL
Y A LA CIRCULACIÓN
toda persona nacional o extranjera es libre, y su libertad
sólo puede ser afectada, en materia penal
captura por orden de
autoridad judicial
captura por ser sorprendido en flagrancia de la comisión de una
conducta delictiva
La privación de la libertad no sólo se produce en el ámbito de lo penal, también en el ejercicio constitucional y legal del derecho de policía
El personal uniformado de la Policía
Nacional puede privar transitoriamente de ese derecho
cuando ha tipificado en flagrancia una conducta contravencional, para el solo
efecto de conducirla ante el inspector de policía
hasta por doce horas para lograr su identificación cuando esta se ha dificultado, en procura de establecer si se encuentra solicitada por autoridad judicial
detención preventiva administrativa por la existencia de motivos fundados
para ser
trasladada a un establecimiento de salud por embriaguez aguda o alteración síquica
para retirar del lugar público o abierto al público a quien consume estupefacientes en
presencia de menores de edad
Salas temporales de privación de la libertad
Las estaciones y subestaciones de policía cuentan con infraestructuras para mantener
en custodia las personas capturadas
mientras se surte el trámite ante la autoridad judicial que ha solicitado su comparecencia, se conduce ante el fiscal delegado
La retención transitoria y la conducción
La retención tiene por objeto proteger a la persona que se encuentra en estado de alteración, incapacidad o especial vulnerabilidad
Debe informarse al Ministerio Público.
La persona retenida debe ser objeto de atención especializada según el estado en el que se encuentre.
Transporte de capturados o de retenidos
Cuando la Policía Nacional priva de la libertad a las personas, estas pierden la posibilidad de autoprotegerse, quedando en manos del personal uniformado
las restantes dos
formas de protección de los bienes jurídicos; es decir, la posición de garantía y la intervención del Estado.
Los capturados deben ser trasladados en vehículos adecuados que ofrezcan condiciones de seguridad y mediante técnicas de conducción apropiadas para evitar
La captura como medio de policía y diligencia de policía judicial
cuando obedece a procedimientos
de policía o cuando se desarrolla en materia penal
la captura se encuentra asociada a la tipificación de conductas
delictivas, ya sea por orden judicial o por las tres modalidades de la flagrancia
delitos catalogados por el Código de Procedimiento Penal
como perseguibles por querella de parte, la actividad de la Policía Nacional debe procurar
atender a los afectados
regresando la tranquilidad provocada por el injusto y orientándolos para que el querellante legítimo
titular del bien jurídico o persona ofendida
presente la querella y se de inicio a la acción penal
Actuación policial con extranjeros
ya sea en tránsito o con domicilio, gozan de
los mismos derechos y obligaciones
salvo los políticos para elecciones departamentales o nacionales
protección confluyen las mismas premisas
expuestas para los nacionales
Los extranjeros que gozan de inmunidad diplomática, no pueden ser capturados
En
el evento de tipificar conductas delictivas
la Policía Nacional debe recolectar la mayor
cantidad de información para asegurar las evidencias
la individualización del presunto
autor o autores, que permitan solicitar a las autoridades del país de origen
DERECHO A LA AUTONOMÍA
La Policía Nacional es el bastión que protege la convivencia democrática, por ser la
institución que hace posible el cumplimiento de la ley
constituye el soporte de las
autoridades para el desarrollo de sus funciones
situación que es aceptada y pregonada
por la Corte Constitucional en sus reiterados pronunciamientos
argumentando que los
poderes globales de policía deben ser eficaces dentro de la normalidad
Registro personal primario y secundario
mecanismo preventivo que afecta jurídicamente la autonomía de la persona
ninguna persona residente en Colombia,
salvo las que gozan de inmunidad diplomática
exige la observación de protocolos especiales para no lesionar este derecho fundamental, por encima del límite establecido
El registro personal primario es el que da inicio a toda actuación del policía, quien
velando por la seguridad del ciudadano
procede a establecer
que la persona no alberga elementos con los cuales pueda generar daño a la vida
Examen de embriaguez
El licor produce una intoxicación etílica aguda, socialmente aceptada. Esto implica que
la palabra “embriaguez
se asocia a la ingesta de alcohol etílico, desconociéndose que
otras sustancias también causan embriaguez en el individuo que las consume.
En los códigos Penal, de Procedimiento Penal, de Tránsito y Nacional de Policía, se hace
referencia al estado de embriaguez
, no se sanciona el consumo de alcohol, sino
la alteración del sistema nervioso central por la presencia de sustancias tóxicas
acompañan comportamientos contrarios a derecho, como consecuencia de administrar
fuentes de riesgo sin el control
Análisis de riesgo, grado de amenaza y atención a víctimas
El régimen constitucional ordinario no puede desconocer las tensiones propias de
la vida en comunida
Cuando una persona se encuentra en peligro y considera amenazados derechos
fundamentales como la vida y la integridad personal
Los niveles de riesgo se clasifican en: mínimo, ordinario, extraordinario y extremo.
DERECHO A LA INTIMIDAD
espacio exclusivo de
cada uno, como aquella órbita reservada para cada persona
toda persona debe
gozar, que busca el aislamiento o inmunidad del individuo frente a la necesaria injerencia
Es el área restringida inherente a toda persona o familia, que solamente puede ser penetrada por extraños con
el consentimiento de su titula
La misma Corte ha sentenciado que son tres las maneras de vulnerar el derecho a la
intimidad
La primera de ellas es la intrusión o intromisión irracional en la órbita que cada
persona se ha reservado; la segunda, consiste en la divulgación de los hechos privado
Ingreso, penetración, registro y allanamiento de domicilio
considera que la privacidad del domicilio es una consecuencia
necesaria de la libertad individual
de domicilio excede la noción civilista y comprende,
además de los lugares de habitación, trabajo, estudio
todos aquellos espacios o recintos
aislados en los que la persona normal y legítimamente
PT JUAN CARLOS LEAL SANCHEZ