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CONTRATO TELEFÓNICO
DOCTRINA
La necesidad de la gente de realizar actos en varios lugares a la vez, ha obligado al derecho a crear múltiples herramientas que posibiliten la contratación, aun cuando las partes no estén una frente a la otra.
se ha referido al tema como contrato entre ausentes o contrato entre personas no presentes; sin duda la primera acepción es desafortunada en
El ideal para manifestar la voluntad consiste en la presencia física, esto trae como supuesto, la seguridad jurídica de las partes.
el ámbito jurídico, porque la ausencia es un supuesto jurídico ampliamente estudiado en la teoría jurídica y tiene una regulación específica por la normativa civil,
RÉGIMEN LEGAL
El sistema jurídico mexicano asumió el sistema de la recepción como regla general, sin embargo, dependiendo del medio de comunicación será aplicado este sistema, es decir habrá casos en que aun
cuando las partes no se encuentren materialmente presentes, el derecho considerará la ficción jurídica de su presencia material y le conferirá las mismas reglas que si estuviesen presentes las partes.
La propia normativa vigente en México, considera la ficción jurídica de la presencia física en los casos del consentimiento manifestado a través del teléfono y de los medios electrónico, ópticos y de tecnologías similares
VÍA TELEFÓNICA
el consentimiento, es la misma que si estuviesen las partes una ante la otra, esto debido a que existe realmente la posibilidad material de discutir entre las partes los pormenores del contrato que se está celebrando.
el consentimiento, es la misma que si estuviesen las partes una ante la otra, esto debido a que existe realmente la posibilidad material de discutir entre las partes los pormenores del contrato que se está celebrando.
La voluntad manifestada por medio del teléfono, es un claro ejemplo en el cual no hay presencia física de las partes, pero por las características de este medio, la regla para considerar perfeccionado
EJEMPLO
Vemos un anuncia enla TV; Llamamos al número que aparece en pantalla; El precio del productor nos convence,
aceptamos el precio y procesamos el pago, en ese momento damos nuestro consentimiento.
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