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ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANO, congreso :star:, ejecutivo :star:, judicial…
ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANO
Según Ramírez
El origen del Estado Peruano se inicia con la Independencia en 1821 y la promulgación de la Constitución de 1823.
Surge así un Estado unitario en la que se puede distinguir la división de poderes:
:silhouettes: El poder legislativo
:silhouettes: El poder judicial
:silhouettes: El poder ejecutivo
PODER LEGISLATIVO
De acuerdo al artículo 102° de la Constitución, son atribuciones del Congreso:
:book: Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes.
:book: Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes.
:book: Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.
:book: Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General.
:book: Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
:book: Ejercer el derecho de amnistía.
Recae y reside en el Congreso de la República
:memo: Integrado por 130 congresistas elegidos cada 5 años.
:memo: Organizado en una cámara unicameral.
Funciones importantes
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:pen: Elaborar leyes, crear normas.
:pen: Derogar y modificar leyes.
PODER EJECUTIVO
Son atribuciones del jefe de estado:
:memo: Supervisa el cumplimiento de las leyes.
:memo: Provee los servicios públicos como son educación, servicios de salud, carreteras, puentes, cuidado ambiental, fuentes de energía, etc.
:memo: Provee de los recursos económicos para que las leyes se cumplan.
:memo: Garantiza el bienestar de todas las personas que habitan en el territorio peruano, a través de programas sociales, de vivienda, de seguridad social, promoción del empleo, etc.
:memo: Establece la forma en que se cumplirán las leyes.
:memo: Dirigir la política del Estado.
:memo: Administra los bienes del estado por medio de la Contraloría.
:memo: Promueve el desarrollo económico.
:memo: Vela por la seguridad nacional y el orden público.
Funciones principales:
Administrar el estado.
Aplicar las leyes.
Esta conformado por:
Presidente de la república
Jefe del estado
Personifica a la nación
Consejo de ministros (Premier)
Ministros
PODER JUDICIAL
Función principal:
Se encarga de administrar justicia, por ende resuelve los conflictos que requieren solución jurídica.
Conformado por:
Órganos jurisdiccionales
Juzgados de Paz y Juzgados Especializados.
Cortes Superiores
Salas Superiores Especializadas
Salas Superiores Mixtas
Corte Suprema
Presidente de la Corte Suprema
El artículo 138° de la CPE indica:
La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.
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