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TEMA 3: Factores de riesgo derivados de las condiciones de trabajo -…
TEMA 3: Factores de riesgo derivados de las condiciones de trabajo
1.1 Factores derivadores de las condiciones de lugar de trabajo
El
Real Decreto 486/1997
, por el que se establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, es el regula las condiciones que debe cumplir un lugar de trabajo.
Este decreto define los
lugares de trabajo como
"las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo".
Se consideran incluidos en esta definición los servicios higiénicos y locales de descanso, los locales de primeros auxilios y los comedores. Las instalaciones de servicio o protección anejas a los lugares de trabajo se considerarán como parte integrante de los mismos.
Tanto la temperatura como la humedad o la iluminación son
condiciones ambientales
que tenemos que tener siempre en cuenta para que que el trabajo se realice con la mayor seguridad y confort.
En el Real Decreto 486/1997 se dan a conocer las condiciones de seguridad mínimas que tienen que cumplir los lugares de trabajo. Las siguientes condiciones son las que deben de cumplir los locales de trabajo cerrados.
La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25ºC.
La humedad relativa estará entre el 30 y el 70%, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática, en los que el límite inferior será el 50%.
La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará entre 17 y 27 ºC.
Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites:
Trabajos sedentarios en ambientes calurosos:
0,5 m/s.
Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos:
0,75 m/s.
Trabajos en ambientes no calurosos
: 0,25 m/s.
1.2 Factores de riesgo derivados de la carga de trabajo
La
carga de trabajo
se define como el conjunto de requerimientos físicos y mentales a los que se ve sometido el trabajador a lo largo de su jornada laboral.
La
carga física
es el conjunto de requerimientos físicos a los que se ve sometida la persona a lo largo de su jornada laboral.
Al hablar de carga física debemos tener en cuenta...
Las actividades que requieren un
gran esfuerzo físico.
Producirán un aumento del agotamiento muscular.
Las posturas de trabajo
desfavorables. Contribuyen a la aparición del cansancio y pueden llegar a producir consecuencias graves.
La manipulación de cargas.
Suele producir dorso-lumbares a los trabajadores.
La
carga mental
es el nivel de actividad mental necesaria para desarrollar trabajo.
Los
factores
que inciden en la carga mental son los siguientes:
El tiempo que tiene el trabajador para hacerla.
La capacidad del trabajador para desarrollar el trabajo.
La cantidad y forma de recibir la información el trabajador para realizar su tarea.
Cuando estos tres factores se conjugan el trabajador puede llegar a parecer carga mental.
Como consecuencia directa de la carga de trabajo físico y mental aparece la
fátiga.
Fatiga
es la disminución de la capacidad física y mental de un individuo por haber realizado un trabajo durante un periodo de tiempo excesivo.
Por ejemplo, un médico que además de trabajar en el hospital, tiene consultas privadas y realiza guardias por la noche, estando a menudo varios días seguidos sin dormir es muy posible que sufra fatiga.
Los síntomas de la fatiga son, entre otros, los siguientes...
Mareos.
Dolores de cabeza.
Insomnio.
Pérdida de apetito.
Falta de energía y de voluntad para trabajar.
Irritabilidad.
Depresión.
1.3 Factores de riesgo de las condiciones del ambiente de trabajo
El
riesgo ambiental
se define como la probidad de daños a una comunidad o grupo humano en un lugar dado, debido a las amenazas propias del ambiente y a la vulnerabilidad de los elementos expuestos.
El ruido
Es todo sonido no deseado, molesto, inútil y peligroso para la salud. Las dos características del ruido son...
El
nivel.
Está relacionado con la presión.
La
frecuencia
. Se refiere a los sonidos graves o agudos.
Iluminación
El tema de la iluminación está regulado también por el Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
La iluminación es un factor ambiental importante a tener en cuenta para favorecer un buen clima de trabajo. De acuerdo con el Anexo IV de este Real Decreto, hay que considerar dos aspectos a la hora de proceder a iluminar un lugar de trabajo...
a) Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores dependientes de las condiciones de visibilidad.
b) Las exigencias visuales de las tareas desarrolladas.
La fatiga visual
es un empeoramiento de la visión de carácter reversible producida por un gran esfuerzo visual.
Condiciones para el confort visual
Siempre que sea posible, los lugares de trabajo tendrán una iluminación natural que deberá complementarse con una iluminación artificial cuando como la primera, por sí sola, no garantice las condiciones de visibilidad adecuadas. En tales casos se utilizará preferentemente la iluminación artificial general, completada a su vez con una localizada cuando en zonas concretas se requieran niveles de iluminación elevados.
El Anexo IV del Real Decreto 486/1997 establece los factores que la provocan...
Disposición de las luces.
Mala distribución de la iluminación.
Falta de calidad en la presentación de la información en la pantalla.
Efectos de los contrastes fuertes sobre la retina.
Falta de nitidez en los caracteres de la pantalla.
Deslumbramientos directos tantos por la luz solar como artificial.
Reflejos en la pantalla.
Nivel de iluminación deficiente del punto de trabajo.
Utilización de sistemas de luz que perjudiquen los contrastes.
La temperatura
El Real Decreto
486/1997
en su Anexo III establece que las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores.
Así, las
temperaturas de los locales
donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares debe estar comprendida entre
17 y 27 ºC.
Como trabajos sedentarios también se incluyen el manejo de herramientas de baja potencia, el trabajo en banco de herramientas y similares. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre
14 y 25º C
.
En los
lugares de trabajo al aire libre
y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo.
Esta normativa afecta además de a las oficinas o talleres, a los pasillos, escaleras, servicios higiénicos, locales de descanso, locales de primeros auxilios, comedores y cualquier local en el que el personal deba permanecer o al que pueda acceder con motivo de su trabajo.
La
exposición al frío
se considerará peligrosa cuando la temperatura del cuerpo es tan baja que se llegan a padecer temblores y alteraciones graves.
La
exposición al calor
puede dar lugar a pérdidas de conocimiento , mareos, vértigos, trastornos circulatorios y cardiacos.
El
desconfort térmico
es causado por el frío o el calor, por exceso o falta de aire acondicionado en verano y de calefacción en invierno.
Los tres aspectos que influyen fundamentalmente en la sensación de confort térmico son: las condiciones ambientales, la actividad física y el tipo de vestido.
Medidas preventidas
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Radiaciones
La radiación consiste en la prolongación de energía en forma de ondas electromagnéticas a través del vacío o de un medio material.
Radiaciones no ionizantes
Son las producidas por las radiaciones ultravioletas o los rayos láser (media frecuencia) y las producidas por los microondas con los rayos infrarrojos (baja frecuencia).
Radiaciones ionizantes
Son las que producen los rayos X.
Vibraciones
Según el artículo 22 del Real Decreto 1311/2005 de 4 de noviembre las vibraciones las podemos dividir entre...
a) Vibración transmitida al sistema mano-brazo.
b) Vibración transmitida al cuerpo entero.
Son producidas por las máquinas que llevan motor y afectan al cuerpo del trabajador.
Por ejemplo, síndrome conocido como de los dedos blancos, normalmente por máquinas que producen vibración sobre todo sobre el brazo y la mano, haciendo que la circulación no llegue a los dedos. Este es producido, por ejemplo, en la utilización de martillos neumáticos.
1.4 Factores de riesgo provocados por agentes químicos
Un
agente químico
es todo elemento o compuesto químico por si solo o mezclado tal cómo se presenta en estado natural o siendo producido utilizado o vertido incluido el vestido como residuo en una actividad laboral se haya y laborado o no de modo intencional se haya comercializado o no.
Contaminantes gases
Gases a temperaturas y presiones normales vapores gaseosos de sustancias líquidas.
Partículas
sólidas o líquidos
Humos
Son partículas sólidas en suspensión en el aire producidas por la condensación de vapores como las desprendidas por algunos metales y otras sustancias o altas temperaturas y soldaduras eléctricas.
Neblinas
Son gotas suspendidas que se generan por la condensación de gases que pasan a líquido.
Polvo
De procesos cómo molienda y desgaste por rozamiento.
1.5 Factores de riesgo provocadas por agentes biológicos
Los contaminantes biológicos
son seres vivos que al penetrar en el ser humano, funcionan enfermedades de tipo infeccioso o parasitario.
Agente biológico del Grupo 1
Aquel que resulta poco probable que cause enfermedades en el hombre
Agente biológico del Grupo 2
Aquel que puede causar una enfermedad y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague yéndose generalmente profilaxis o tratamiento eficaz.
Agente biológico del Grupo 3
Aquel que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores y el riesgo de que se propague aunque existe un tratamiento eficaz para curarlo.
Agente biológico del Grupo 4
Aquel que causa una enfermedad grave en el hombre y supone un serio peligro para los trabajadores con muchas probabilidades de que se propague y sin que exista generalmente una profilaxis o un tratamiento eficaz.
1.6 Factores de riesgo derivadas de la organización del trabajo
Los
factores derivados de la organización del trabajo
son los producidos por la organización del trabajo y la cultura empresarial pueden tener consecuencias para la salud de los trabajadores a nivel físico pero sobre todo a nivel psicótico y social.
Factores derivados de la organización del trabajo
Estilo de mando.
Estatus social.
Relaciones profesionales.
Falta de estabilidad en el empleo.
Nivel de automatización.
Turnos de trabajo.
Comunicación.
Ritmo de trabajo.
Efectos de los factores de riesgo derivados de la organización del trabajo.
Sobre la empresa
Absentismo laboral
Pérdida de interés
Descenso de la productividad
Sobre el trabajador
Insomnio
Depresión
Fatiga
Dolor de cabeza
Estrés
El
estrés
es la respuesta fisiológica, psicológica y de comportamiento de un sujeto que busca adaptarse y reajustarse a presiones tanto internas como externas.
El estrés causa reacciones tanto fisiológicas como psíquicas. Se manifesta físicamente y puede causar los siguientes trastornos...
Agotamiento.
Alteraciones del apetito.
Problemas del sueño.
Depresión o ansiedad.
Disminución de la función renal.
Dolores de cabeza.
Gastritis y úlceras en el estómago y el intestino.
Insomnio.
Hipertensión arterial
Sarpullidos.
El
síndrome de burn-out o del quemado
es un tipo de estrés prolongando motivado por la sensación que produce la realización de esfuerzos que no se ven compensados personalmente.
Se suele dar en trabajos sociales que implican el trato con personas e importantes exigencias emocionales en la relación interpersonal, como por ejemplo en los ámbitos de la sanidad o de la educación.
Los
efectos
del síndrome de burn-out son, entre otros: insomnio, dolor de cabeza, mareos, dolores musculares, trastornos digestivos, infecciones, manchas en la piel, trastornos respiratorias y circulatorios y variaciones en el peso.