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ACTIVIDADES PREVIAS AL PROCESO
CONCILIACIÓN
Es una actividad previa al inicio del proceso, se divide en 2:
Conciliacón Voluntaria
Derechos susceptibles de disposición
Las partes en cualquier estado del proceso pueden promover la conciliación
El acta tiene carácter de cosa juzgada
Conciliación Obligatoria
La ley del Órgano Judicial prevé a la conciliación con carácter obligatorio y se busca en la primera actuación procesal
La conciliación se da en materia civil, comercial como también en delitos de acción privada y en algunos casos de acción pública
Debe ser llevada a cabo por una autoridad judicial: Juez o Jueza
La conciliación no esta permitida en casos de: violencia intrafamiliar, casos que involucren el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, etc.
TRANSACCIÓN
La transacción se puede hacer en cualquier etapa del proceso y con su homologación pone fin al proceso
Contrato mediante el cual se dirimen derechos, para que se cumplan o reconozcan
El juez puede aceptar o no la homologación del contrato
Si el juez niega la homologación el proceso continua
DESISTIMIENTO
Es expreso ante la autoridad judicial y pone fin al proceso
Desistimiento del proceso
La parte actora antes de la sentencia puede desistir del proceso
También el demandado puede desistir de su reconvención
Desistimiento de la pretensión
Desistimiento Parcial
Desistimiento total
Desistimiento de tercería coadyuvante simple
RETIRO DE LA DEMANDA
Debe ser realizada por la parte actora, antes de la citacion con la demanda al demandado
DILIGENCIAS PREPARATORIAS DE LA DEMANDA
Buscan la preparacion del proceso y de las pruebas
Reconocimiento de firmas y rúbricas
La exhibición de bien inmueble, testamento, etc.
Declaración Jurada
El nombramiento de un defensor que los represente
El diligenciamiento de la inspección judicial, pericial o testifical
La designacion de un tutor para el litigio (en casos de incapaces)
La citacion de quien fuere demandado por reivindicación u otra accion
Se solicita ante la autoridad judicial, aclarando el objeto del proceso, entre otros
La otra parte puede oponerse o negarse
Beneficio de excención
Estas diligencias se verifican en audiencia
CAMILO ORIAS VALDEZ