Comentario: Estos 5 artículos hablan sobre la cultura artística, el tiempo libre y el deporte. En el primero especifica que se debe implementar la enseñanza de actividades culturales, establecer incentivos, apoyar su ejercicio y desarrollo y apoyar a los profesionales que se desenvuelven en este área.
En los artículos 381 hasta 383 habla sobre el deporte, cultura física y actividades deportivas barriales, parroquiales y formativos y su desarrollo; además, el Estado promueve el derecho al tiempo libre, protección y promoción al deporte y actividades que comprenden la salud.
El artículo 384 defiende la libertad de expresión, derecho a la información y comunicación, los mismos que fortalecerán la participación ciudadana.