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PAGOS AL EXTRANJERO - Coggle Diagram
PAGOS AL EXTRANJERO
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Artículo 161. enajenación de acciones o de títulos valor que representen la propiedad de bienes,
tasa del 25% sobre el monto total de la operación, sin deducción alguna.
Artículo 164. En los ingresos por dividendos o utilidades, y en general por las ganancias distribuidas por PM
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Artículo 165.los ingresos que obtenga un residente en el extranjero por conducto de una persona moral.
se determinará aplicando, sobre el remanente distribuible, la tasa máxima para aplicarse
sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa contenida en el artículo 152.
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Artículo 168. En los ingresos por servicios de construcción de obra, instalación.
tasa del 25% sobre el ingreso obtenido, sin deducción alguna.
Están obligados al pago del ISR los
residentes en el extranjero que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito.