Pacto de la Sociedad de las Naciones, contenido en los veintiséis primeros artículos del Tratado de Paz, firmado en Versalles el 28 de Junio de 1919.
Las altas partes contratantes, considerando que a fin de desarrollar la cooperación entre
las naciones y garantizarles la paz y la seguridad
LA SOCIEDAD
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Son miembros originarios de la Sociedad de las Naciones, aquellos
signatarios cuyos nombres figuran en el anexo al presente pacto
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mantener a plena luz relaciones internacionales fundadas
sobre la justicia y el honor
observar rigurosamente las prescripciones del derecho internacional reconocidas de hoy en adelante como regla de conducta efectiva de los
gobiernos
importa aceptar ciertas obligaciones
de no recurrir a la guerra
hacer reinar la justicia y respetar escrupulosamente todas las obligaciones de los tratados en las relaciones mutuas de los pueblos organizados
Todo Estado, Dominio o Colonia que se gobierne libremente y que no está
designado en el anexo, puede llegar a ser miembro de la sociedad
si su admisión es
acordada por los dos tercios de la asamblea
Todo miembro de la sociedad puede retirarse de la sociedad previo aviso de dos
años
se
ejerce por medio de una asamblea y de un consejo
Cada miembro de la sociedad no puede tener más de tres representantes en la
asamblea y sólo dispone de un voto
se compone de representantes de los miembros de la
sociedad
El consejo se reúne cuando las circunstancias lo exigen, y por lo menos una vez por año
las decisiones de la asamblea o del consejo serán
adoptadas por unanimidad de los miembros de la sociedad reprentados en la reunión
La primera reunión de la asamblea y la primera reunión del consejo se realizarán
por convocación del presidente de los Estados Unidos de América
Los gastos de la sociedad, serán sufragados por los miembros de la sociedad,
en la proporción decidida por la asamblea
La sede de la sociedad está establecida en Ginebra
Los representantes de los miembros de la sociedad y sus agentes gozan en el
ejercicio de sus funciones de los privilegios e inmunidades diplomáticos
Los miembros de la sociedad reconocen que el mantenimiento de la paz
exige la reducción de los armamentos nacionales
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Los miembros de la sociedad se comprometen a respetar y a mantener contra
toda agresión exterior la integridad territorial y la independencia política presente de
todos los miembros de la sociedad
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Se declara expresamente que toda guerra o amenaza de guerra, afecte
directamente o no a uno de los miembros de la sociedad, interesa a la sociedad entera.
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si surgiera entre
ellos una divergencia susceptible de provocar una ruptura, la someterán al
procedimiento del arbitraje o a un arreglo judicial, o al examen del consejo
Si un miembro de la sociedad recurre a la guerra
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Estos se comprometen a romper inmediatamente con él todas las relaciones comerciales
o financieras, a prohibir todas las relaciones entre sus nacionales y los del Estado en
ruptura del Pacto
Los miembros de la sociedad convienen, además, en prestarse mutuo apoyo en la
aplicación de las medidas económicas y financieras
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Todo tratado o compromiso internacional celebrado en lo futuro por un
miembro de la sociedad deberá ser inmediatamente registrado por la secretaría y
publicado por ella a la brevedad posible
Los miembros
de la sociedad
Se esforzarán en asegurar y mantener condiciones de trabajo equitativas y humanas
para el hombre, la mujer y el niño
asegurar un tratamiento equitativo a las poblaciones indígenas en
los territorios sometidos a su administración
Confían a la sociedad el contralor general de los acuerdos relativos a la trata de
mujeres y niños, así como al tráfico del opio y otras drogas nocivas
Se esforzarán en adoptar medidas de orden internacional para prevenir y combatir las
enfermedades