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LEY GENERAL DE SOCIEDADES - Coggle Diagram
LEY GENERAL DE SOCIEDADES
Concepto
Es un instrumento legal que proporciona las pautas jurídicas o legales para el funcionamiento regular de empresas como sociedad
Tipos de Sociedad
1. Sociedad Anónima.
CONCEPTO
Es una persona jurídica, que ejerce el comercio con el patrimonio aportado por los socios y con las utilidades acumuladas.
CARACTERISTICAS
El nombre termina en S.A
separación de patrimonios
La responsabilidad depende del aporte
Capital representado por acciones
No se aceptan servicios.
REQUISITOS
Datos de identificación de accionistas
Objeto social
Tipo de Contribución
Capital
Sociedad Anónima Abierta
Más de 750 accionistas
Tiene acciones inscritas en el Registro Público de Mercado de Valores.
Debe indicar SAA.
Sociedad Anónima Cerrada
De 2 a 20 accionistas
No tiene acciones inscritas en el Registro Público de Mercado de Valores.
Debe indicar SAC.
2. Sociedad Colectiva.
CONCEPTO
es una modalidad de sociedad mercantil en la que varios socios se unen bajo un nombre colectivo y de manera solidaria para el desarrollo de una actividad económica.
CARACTERISTICAS
Tiene autonomía patrimonial
El Socio Capitalista es el que aporta a la sociedad bienes o capital; y el Socio Industrial es el que ofrece servicios o actividades en la sociedad.
Este tipo de sociedad se rige según el Código de Comercio.
No se precisa de un capital social mínimo.
Todos los socios participan en igualdad de condiciones.
3. Sociedad en Comandita.
CONCEPTO
es aquella forma societaria realiza sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre d todos los socios colectivos, agregándose, según corresponda, con sus respectivas siglas "S. en C." o "S. en C. por A."
CARACTERISTICAS
No existe un mínimo legal de socio capital
No tiene límite de socios, pero si cantidad mínima de 2 socios
Se constituye la empresa como persona jurídica
TIPOS
Sociedad en comandita simple
constituida por colectivos que aportan capital y trabajo.
Sociedad en comandita por acciones
Están obligadas a auditar sus cuentas y depositarlas en un registro mercantil.
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada.
CONCEPTO
el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones
Solo el patrimonio de la sociedad responde frente a las deudas de la sociedad.
El número de socios no puede exceder de 20 personas, sean estas naturales o jurídicas.
El capital se divide en participaciones
4. Sociedades Civiles
CONCEPTO
es una figura privada en la que dos o más personas se obligan a poner en común recursos con el ánimo de repartirse entre sí los posibles gananciales.
Rasgos
Tiene que estar constituida por dos o más personas.
El nacimiento de la sociedad civil es cuando se firma el pacto.
Debe tener un fin común a todos y de carácter lícito.
El objeto común tiene que ser la consecución de una ganancia.
Todos los socios han de participar en las pérdidas y ganancias.