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articulo 49:En las delegaciones que acompañen al Presidente de la…
articulo 49:En las delegaciones que acompañen al Presidente de la republica en las visitas oficiales al extranjero se aplicara la precedencia establecida en el articulo 18 con las siguientes variantes:
articulo 18.Orden de precedencia establecido para ceremonias o actos de carácter nacional.
Presidente de la República
Vicepresidente de la Republica y Presidente de la Asamblea General
Presidente de la Cámara de Senadores (al caso que corresponda)
Presidente de la Suprema Corte de Justicia .Ex-Presidente de la República
Ministros de Estado
-Interior
-Relaciones Exteriores
-Economía y finanzas
-Defensa Nacional
-Educación y Cultura
-Transporte y Obras Públicas-
Industria ,Energía y Minería
-Trabajo y Seguridad Social
-Salud Pública
-Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
-Desarrollo Social
-Presidente de la Cámara de Representantes
-Secretario de la Presidencia de la República y Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
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-Banco de Seguros del Estado(B.S.E)-Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas(U.T.E)-Administración Nacional de Combustibles ,Alcohol y Portland (A.N.C.A.P)-Banco Hipotecario del Uruguay (B.H.U)-Instituto Nacional de Colonización(I.N.C)-Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea(P.L.U.N.A)-Administración de Ferrocarriles del Estado (A.F.E)-Banco Central del Uruguay(B.C.U)-Banco de Previsión Social(B.P.S)
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Los Embajadores uruguayos acreditados ante el país o el organismo internacional receptor de la visita ,ocuparan el lugar inmediato al ultimo Ministro de Estado.
Los Senadores y Representantes Nacionales ocuparán el lugar inmediatamente posterior a los Embajadores acreditados ante el Estado o el organismo internacional receptor de la visita ,ajustándose su ordenamiento de acuerdo al resultado de la ultima elección nacional
Los Representantes de los partidos políticos no comprendidos en el articulo 12 ,figurarán luego de los comprendidos en éste.
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-Ganadería, Agricultura y Pesca
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Presidente de las Comisiones de Relaciones Exteriores de la Cámara de Senadores
y de la Cámara de Representantes (solo en caso de visitas de dignatarios extranjeros)
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-Comandante en Jefe del Ejercito Nacional
;Comandante en Jefe de la Armada Nacional
,Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea Uruguaya ,
Director de la Policía Nacional.
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-Ministros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo
-Ministro del Tribunal de Cuentas-
Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo
Ministro de los tribunales de apelaciones (Penales y Civiles)
-Ministros del Supremo Tribunal Militar
-Intendentes Municipales(por orden alfabético departamental)
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Administración Nacional de Educación Pública
-Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios de la Republica(solamente en eventos de carácter internacional)
-Jefe de Casa Militar
-Generales del Ejército Nacional(por antigüedad entre ellos)
-Contralmirante de la Armada Nacional(por antigüedad de ellos)
-Brigadieres Generales de la Fuerza Aérea(antigüedad de ellos)
-Inspectores Generales de la Policía Nacional (por antigüedad entre ellos)
-Presidentes de los Servicios Descentralizados (por orden de su creación
Administración Nacional de Puertos
(A.N.P)
Obras Sanitarias del Estado(O.S.E)
Administración Nacional de Telecomunicaciones(A.N.T.E.L)-
Administración Nacional de Correos
Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay(INAU)
Agencia Nacional de Vivienda
Administración de los Servicios de Salud del Estado(ASSE) * Director de la Oficina Nacional del Servicio Civil
- Director de Ceremonial y Protocolo de la Presidencia de la República y/o Director de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores ,según corresponda.
*Directores de Entes Autónomos y Servicios Descentralizados (por orden de sus reparticiones)
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