PROCEDENCIA CONTEMPLADO EN EL ARTICULO 234 COPP que establece que se tendrán como delito flagrante el que se este cometiendo o el que acaba de cometerse. Asimismo, aquel por el cual el sospechoso se vea perseguido por la autoridad policial, por la victima o por el clamor publico, o en el que se le sorprenda a poco de haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca de donde se cometió, con armas, instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan presumir con fundamento que el o ella es el autor o autora. text