Asociaciones Público Privadas Ley 1582 de 2012 image

Instrumento de vinculación de capital privado image

para

Proveer bienes Públicos y Servicios
relacionados

Se materializa en

Contrato
Estatal image

involucra

Retención, asignación, transferencia de riesgos

entre

Una entidad estatal y una persona de derecho privado, ya sea natural o jurídica

Características image

Cuyo objeto es

Construcción, mantenimiento, equipamiento, diseño y servicios asociados con infraestructura, su operación y servicios

Exclusiones

Empresas de servicios públicos domiciliarios

Empresas industriales y comerciales del estado, cuando desarrllen actividades comerciales en competencia con el sectos privado o público a niver nacional e internacional o en mercados regulados su son contratantes

Sociedades de economía mixta con participación estatal menor al 50%

Sociedades entre entidades públicas con participación estatal menor al 50%

De iniciativa privada image

Retribución image

Plazo máximo de 30 años incluyendo prórrogas y más de 30 años con concepto favorable del COMPES antes del proceso de selección

Monto superior a 6.000 SMLMV, cuyos recursos se manejarán por medio de patrimonio autónomo

Modalidad eficiente y necesaria probada por medio del análisis costo-beneficio, dictamen comparativo o estudio económico

Derecho a la explotación económica, limitada en el tiempo y previamente pactada, condicionada por la disponibilidad de la infraestructura y el cumplimiento de estándares y servicio de calidad.

Adiciones y prórrogas: después de 3 años y antes de las 3/5 partes de la ejecución del contrato

Por aporte estatal en especie o por desembolso, si la naturaleza del proyecto lo requiere

De iniciativa Pública image

Proceso de selección

Requisitos

Estudios vigentes

Factores de selección objetiva

Matriz de riesgos asociados al proyecto

Análisis de amenaza y vulnerabilidad

Justificación del mecanismo de asociación público privada

Evaluación costo beneficio del proyecto

Descripción de las fases, duración del proyecto y
justificación del plazo del contrato

Descripción del proyecto

Verificación documental

La mejor oferta o la mejor relación
costo-beneficio para la entidad

Las adiciones de recursos y el valor de las prórrogas en tiempo sumadas, no podrán superar el 20% del valor del contrato originalmente pactado.

Las inversiones que no modifican el contrato, se realizan por cuenta y riesgo del ejecutor. Si lo modifica, deben ser previamente autorizadas por la entidad y cumplir con los requisitos de la Ley 448 de 1998

Proceso

Factibilidad

Prefactibilidad

El originador de la propuesta entregará la descripción del proyecto, con estudios, especificaciones, costo y financiación. En 3 meses la entidad dará concepto favorable, sin que implique obligaciones para el estado

El proyecto debe comprender: modelo financiero, valor, fases, duración, justificación de plazo, análisis de riesgo, impacto y estudios. En 6 meses la entidad, evaluará, aceptara o rechazará la propuesta; también podrá solicitar información adicional o ajustes

Si el proyecto requiere recursos públicos, no podrán ser superiores al 20% del presupuesto estimado de inversión del proyecto. Se abrirá licitación pública y el originador del proyecto tendrá bonificación en su calificación, si no resulta adjudicatario, recibirá los costos de los estudios realizados

Si el proyecto no requiere recursos estatales, y se llega a acuerdo entre el originador y la entidad,se publicará en el SECOP. Si en 6 meses no hay otro interesado, se adjudica al originador, si hay otro interesado y cumple las condiciones para ejecutarlo, se adjudicará por medio de selección abreviada de menor cuantía con precalificación, donde el originador puede mejorar su oferta.

Incluyen todas las clausulas legales excepcionales propias de contratos administrativos como caducidad y terminación unilateral