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DECRETO 160 DE 2014 - Coggle Diagram
DECRETO 160 DE 2014
Materia de negociación:
Las relaciones entre las entidades y autoridades públicas, las
organizaciones sindicales de empleados públicos
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Reglamente lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de
controversias con las organizaciones de empleados públicos.
Reglas de negociación
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Autonomía para determinar el número de negociadores y asesores, aplicando el
principio de la razonable proporcionalidad
Designar los negociadores,
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Respetar y permitir el ejercicio del derecho de asesoría y de participación en el
proceso de negociación.
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su aplicacion
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Reglas de aplicacion:
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El respeto al presupuesto público o principio de previsión y provisión
presupuestal en la ley, ordenanza
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Ámbito de negociación
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El singular o de contenido particular por entidad o por distrito, departamento o
municipio.
Partes de la negociaón
Una o varias entidades y autoridades públicas competentes,
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Condiciones
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El pliego de solicitudes debe adoptarse en asamblea y presentarse dentro de
los dos meses siguientes a la realización de la misma
deberá ir con copia al Ministerio del Trabajo e indicar la fecha de la asamblea sindical y los nombres de los negociadores
designados.
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¿ que es?
proceso de negociación entre los represntantes de las organizaciones sindicales de empleos públicos y la entidad empleadora o autoridad competente
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