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Constitución del 2008 - Coggle Diagram
Constitución del 2008
Artículo 11
Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las
autoridades
Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.
Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías
constitucionales.
El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la
jurisprudencia y las políticas públicas
Artículo 13
Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos
Preferentemente que sean producidos a nivel local y en correspondencia con susdiversas identidades y tradiciones culturales.
Artículo 14
Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay
Interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país
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Artículo 12
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Tiene uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida
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