Los propietarios de los centros educativos privados que violen los preceptos de esta Ley, serán sancionados, con la cancelación del establecimiento, mediante resolución del Ministerio de Educación. Asimismo, deberán devolver a quienes hubieren pagado,la suma de dinero que exceda a la cuota autorizada, incluyendo cualquier clase de contribución adicional delas contempladas en el artículo 2º de la presente ley