una vez que el tribunal reciba el expediente deberá redactar un acta que precise su misión, el que deberá de contener: los generales de las partes, una exposición de las pretensiones de las partes, puntos a resolver, nombre domicilio de los árbitros, lugar del arbitraje, y la indicación de las reglas aplicables.
El tribunal debe de remitir dentro de los 30 días siguientes al secretario el acta de misión firmada por las partes y el tribunal.