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Reglamento Interior de Trabajo., image, image, image, image, image, image,…
Reglamento Interior de Trabajo.
¿Qué es?
:pencil2: El reglamento interior de trabajo (RIT) contiene las sanciones a los trabajadores.
Cuatro puntos que se deben tomar en cuenta al elaborar el documento:
Debe contener, los temas que señala el numeral 423 de la ley federal del trabajo uno de ellos son las sanciones a los trabajadores.
Al aplicar las medidas disciplinarias la compañía debe evitar lo siguiente:
:check: Imponer la suspensión de labores por más de 8 días.
:check: Hacer trabajar a quién se le impone la sanción de suspensión de los trabajos.
:check: Ejecutar una medida disciplinaria y fijar el cobro de una multa, pues esto sería una violación del artículo 107 dela ley federal del trabajo.
Sí la empresa no se crea, el patrón no puede aplicar alguna medida disciplinaria.
Contiene los parámetros de actuación dentro de las instalaciones de la compañía y es válido si se deposita ante la junta de conciliación y arbitraje competente.
I. Antecedentes del Reglamento Interior de Trabajo.
Este tiene como objetivo:
Establecer las normas conforme a las cuales deberá sujetarse la ejecución de los trabajos.
Los antecedentes más remotos de esta figura jurídica se encuentran en el reglamento de taller, donde el patrón, de manera unilateral dictaba las normas a las que debían acatar los trabajadores.
Características:
La libreta de castigos en manos del capataz, reemplaza el látigo del negrero. Todas las penas se resuelven en multas de dinero y descuentos al salario.
Durante el siglo XIX y las primeras del siglo XX, en muchos países el obrero se presentaba en la factoría a verder su fuerza de trabajo, el comprador de la misma le imponía, unilateralmente las condiciones de trabajo.
El capitalismo se encuentra con frecuencia mas antiguo del reglamento interior de trabajo. El código fabril donde el capitalista determinaba su voluntad que despliega sobre los trabajadores.
La sagacidad legislativa de los licurgos fabriles hace que la transgresión a sus leyes les resulte mas lucrativa.
La llegada del maquinismo, la vigilancia y fiscalización se van desarrollando hasta alcanzar su total impulso durante este periodo dentro de esta su primera época, cobra una gran importancia la división técnica de una empresa.
El reglamento interior de trabajo fue en sus inicios un autentico contrato de adhesión a principios del siglo XX.
Durante la manufactura; los trabajadores antes autónomos van siendo sometidos "al mando y la disciplina del capital", además de que "se va creando una gradación jerárquica" entre empleados.
Se confirma el dogma librecambista de que en la sociedad de intereses antagónicos cada cual promueve el bien común al ´perseguir su interés particular.
El poder deriva del intercambio que se presenta entre quien vende su fuerza de trabajo y el poseedor de los medios de producción o del capital con el que compra aquélla, lo que asegura la reproducción de ésta y la existencia misma de su poseedor e innumerables veces la de su propia estirpe o grupo familiar nuclear.
El poder que el patrón por sí mismo o por medio de sus representantes o trabajadores indirectos en diversos niveles, deviene de la subordinación a la que responden los trabajadores como consecuencia de la dependencia económica.
III. Su Normatividad.
La normatividad del reglamento interior de trabajo aparece en nuestro país a nivel nacional en la Ley Federal del Trabajo de 1931 en su artículo 101 indicaba que:
"
Reglamento Interior del Trabajo
: es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patronos en los labores de una negociación".
Se disponía que el reglamento se hará de acuerdo con lo que
prevengan los contratos colectivos
o en su defecto por una
comisión mixta de representantes de los trabajadores y el patrón
.
En la Ley Federal del Trabajo de 1970 la definición resulta ser más precisa así que en el artículo 422 se dispone que:
"
Reglamento Interior de Trabajo:
es el conjunto de disposiciones obligatorias para los trabajadores y patronos
en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento
".
Desaparece
la vinculación del reglamento interior de trabajo con el contrato colectivo de trabajo.
Articulo 424.
Fracción II.
Si las partes se ponen de acuerdo en cuanto a su contenido, cualquiera de las mismas dentro de los ocho días siguientes a su firma, lo depositará ante la junta de conciliación y arbitraje.
Fracción IV.
Señala que los trabajadores y el patrón en cualquier tiempo podrán solicitar de la junta que se subsanen las omisiones del reglamento o se revisen sus disposiciones contrarias a la ley y demás normas de trabajo.
Fracción I.
El reglamento interior de trabajo será formulado por una comisión mixta de representantes de los trabajadores y los patrones.
Fracción III.
No producirán efecto legal alguno las disposiciones contrarias a la ley, a sus reglamentos, a los contratos colectivos y contratos ley.
IV. Contenido del Reglamento Interior de Trabajo.
Contenido:
Obligaciones de los patrones:
Mantener el numero suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos.
:check: Normas para prevenir los riesgos de trabajo e instrucciones para prestar los primeros auxilios.
:check: Fracción III del art. 423 se ocupa de los días y horas fijados para hacer limpieza se los establecimientos, maquinaria, aparatos y útiles de trabajo.
Obligación de los trabajadores:
Observar las medidas preventivas e higiene que establecen los reglamentos y las normas oficiales mexicanas expendidas por las autoridades competentes, así como las que indiquen los patrones para la prevención de los riesgos de trabajo.
:check: La fracción II del art. 423 se hace referencia al lugar y momento en que debe comenzar y terminar las jornadas de trabajo.
:check: Esta primera fracción del art. 423 dispone que se deben señalar las horas de entrada y salida, tiempo destinado a comidas y periodos de reposo.
:check: Fracción VI normas para prevenir los riesgos de trabajo e instrucciones para prestar los primeros auxilios.
:check: Fracción VII labores insalubres o peligrosas que no deben desempeñar los menores y la protección que deben tener las mujeres embarazadas.
:check: Fracción VIII se refiere al tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a exámenes médicos previos o periódicos a las medidas que dicten las autoridades.
:check: Fracción IX permisos y premios.
:check: Fracción X disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación.
:check: Fracción XI las necesarias y convenientes de acuerdo con la naturaleza de la empresa o establecimiento para conseguir la mayor seguridad y regularidad en el desarrollo del trabajo.
II. Control Disciplinario. Los elementos Represivos e ideológicos.
La lucha de los trabajadores por participar en la discusión del reglamento interior de trabajo se incrementó A mediados del siglo XX, lo cual propició que se empezará a negociar su reglamentación.
El
control disciplinario
de la empresa moderna están presentes los matices del derecho, el elemento represivo y el ideológico.
Derecho:
Hace alusión a las sanciones.
La función ideológica:
tiene como fin, lograr el consenso de los trabajadores para alcanzar la mayor productividad posible.
El elementos represivo:
se refiere a las medidas disciplinarias.
Aplicación del control disciplinario:
La ideológica:
su identificación con el patrón y sus representantes a los que imita y con los que se identifica de manera inconsciente, no obstante que no dejan de ser finalmente trabajadores también subordinados, independientemente de que coadyuvan a la obtención de plusvalía aún cuando pierdan de vista la esencia de su relación de trabajo.
Represiva:
la normatividad del trabajo se encuentra impregnada de reglas que sancionan la desobediencia a las órdenes patronales olas de sus trabajadores indirectos.
En el labor de los trabajadores de confianza encontramos dos acciones:
En México la rescisión de las relaciones de trabajo se encuentra plasmado en la
Ley Federal del Trabajo
.
Sin embargo, encontramos en el
Reglamento Interior de Trabajo,
las medidas necesarias asociadas con la desobediencia y diversas causales de despido de trabajo, así como otras
medidas disciplinarias,
la suspensión de trabajo, etcétera.