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:silhouettes:
Beneficios trabajador en relación dependencia
Afiliación a la Seguridad Social
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Los trabajadores cotizan en 20,50% del salario o sueldo, de los cuales le corresponden 11,15% al patrono y al trabajador 9,45%
Se calcula
total ingresos por el 9,45% y lo mismo para el patrono por 11,15%
Pago por horas extras y suplementarias
:dollar:
Horas Extra 100% de Recargo: Son aquellas en las que el empleado trabaja los sabados, los domingos o feriados y depende de las diferentes jornadas de trabajo.
Se calculan
: Sueldo dividido para 240 por 2 por las horas extra
Horas Extra con el 50% de recargo: No pueden exeder de 4 al dia ni de 12 a la semana, se puende calcular diurna o Nocturna hasta las 24:00)
se calculan
: sueldo dividido para 240 por 1,5 por las horas extra
Pago del décimo tercero
:heavy_dollar_sign:
El trabajador tiene derecho a percibir el pago del décimo tercer sueldo que corresponde a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario el las fechas de el 1 de Diciembre del año anterior al 30 de Noviembre hasta el 24 de Diciembre del año en curso.
El décimo tercer sueldo no se considera para calculos de: Impuesto a la Renta Aporte al IEES Determinación del fondo de reserva y jubilación Pago de indemnización o vacaciones.
Se calcula
: Total ingresos dividido para 12
.
Pago del décimo cuarto
:dollar:
Los trabajores que trabajen a una fecha menor del periodo del calculo tienen derechoa una parte proporcional. Se puede pagar mensualmente o de manera acumulada.
Calculo
: Un salario Básico Unificado y si se paga mensual se divide para 12
Pago del fondo de reserva
:heavy_dollar_sign:
El trabajador tiene derecho a percibir los Fondos de Reserva a partir del segundo año de trabajo por parte del empleador del 8,33%
Se
calcula
para el trabajador: Total Ingresos
dividido para 12
:free:
Vacaciones anuales
Todo trabajor tiene derecho de gozar anualmente un periodo de 15 días de vaciones incluidos los dias no laborales. Quienes hubieren prestado servicio por mas de 5 años al mismo empleador y se gozaran un dia mas de vacaciones por los añoz excedentes
Para el
calculo
mensual : Total ingresos divividido para 24 periodos, para mas de 5 años se toma el sueldo básico mas horas dividido por 24 mas años de servicio dividido para 360 por sueldo mesnsual mas horas extra
:dollar:
Pago de la jubilación patronal
Los trabajadores que por 25 años o más hubieren prestado servicios, continuada o interrumpidamente, tendrán derecho a ser jubilados por sus empleadores.
La pensión se determinará siguiendo las normas fijadas por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para la jubilación de sus afiliados. a) Por el fondo de reserva a que tenga derecho el trabajador b) Por una suma equivalente al cinco por ciento del promedio de la remuneración anual percibida en los cinco últimos años, multiplicada por los años de servicio
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Pago de Utilidades
Código de Trabajo reconoce a sus trabajores utilidades el 15% de las utilidades liquidas, para la declaración de las utilidades se toma en cuenta la declaracion del pago del impuesto a la renta
Forma de pago: 10% se dividirá entre todos los trabajadores de la empresa sin consideración a remuneraciones recibidas por cada uno de ellos durante el período económico correspondiente para el cálculo de este 10% se tomará en consideración el tiempo de trabajo sin realizar diferenciación alguna por el tipo de ocupación del trabajador
Si no existieran cargas familiares de ningún trabajador el 5% de participación de utilidades será repartido entre todos los trabajadores
5% Utilidad : Horas trabajadas en el año por las cargas dividido para el total de ese resultado de todos los empleados por el 5% de utilidad.
10% utilidad:Horas Trabajadas en el año dividido para el total de horas trabajadas de los empleados por la utilidad del 10%
Se concidera como cargas a los conyugues, los hijos menores de edad y con discapacidad.
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Licencia por paternidad y maternidad
El trabajador (padre de familia) tiene derecho a un periodo de licencia por paternidad.
Tiene derecho a remuneración por 10 días del nacimiento por parto normal, por nacimientos multiples o de cesarea se extendera por 5 días
La mujer trabajadora tiene derecho a un periodo de licencia por maternidad.
Tienen derecho todas las madres afiliadas al seguro General obligatorio domestico y agricola, el aborto o niño muerto se considera como una enfermedad común, la madre recibe un subsidio del 75%, recivira el sueldo completo por 12 semanas de reposo.