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sf5df4sa21da, Mari Cruz Ruiz Rodríguez
Acto Jurídico y Persona - Coggle…
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5.5. EFECTOS JURÍDICOS: RELACIÓN, SITUACIÓN Y ESTADO.
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Estado juridico
es la relación de carácter permanente, afecta a personas diferentes de las que la crearon y no se agota con un solo cumplimiento. Se trata de una relación general y abstracta
5.2. SUPUESTO JURÍDICO
Se encuentra contenido en la norma o regla jurídica, ya que esta es la que formula una hipótesis o supuesto de determinado comportamiento
Las disposiciones generales que establece la norma solo serán aplicables a determinado sujeto si su conducta encuadra en la hipótesis de la propia norma y si realmente se realiza el supuesto de la misma.
Se distingue una relación de causa-efecto, entre la norma y las consecuencias
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5.3. HECHO JURÍDICO
Es el acontecimiento que deriva en contra o en provecho de una o varias personas, un estado, es decir una situación jurídica general. La realización del supuesto jurídico (el acontecimiento) es siempre un hecho contingente de la vida en su mas amplio sentido.
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5.4. ACTO JURÍDICO
El acto jurídico es una de las formas de hecho jurídico o sea la realización de la hipótesis, en otras palabras, es el hecho encaminado deliberadamente a la producción, modificación, transmisión o extinción de derechos subjetivos y obligaciones (voluntad intencional).
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