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SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES., ART.107. LA FUNCIÓN DOCENTE., ART…
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES.
ART.107. LA FUNCIÓN DOCENTE.
1.-
Misiones esenciales
de la universidad
FORMACIÓN-PREPARACIÓN
adecuadas en el
nivel
superior
de la
educación
TRANSMISIÓN
de la
cultura
.
2.-
DOCENCIA
:
derecho
y
deber
del
profesorado
Que ejerce
Libertad de CÁTEDRA
Límites: Constitución y leyes
3.-
Universidad
velará
por
Adecuación
a las
necesidades
de la
sociedad
Asegurará
evaluación
de la
actividad docente
Calidad
de la
enseñanza
4.- Universidad
fomentará
la dimensión
práctica
de la docencia
Suscripción
de
convenios
con
entidades
públicas y privadas para hacer
prácticas
. Favorecer la inserción laboral.
ART.108. CLASES DE ENSEÑANZAS
1.- Tipos de enseñanzas:
b)
Enseñanzas
para
títulos propios.
c) Otras
enseñanzas propias
de
perfeccionamiento
y
formación permanente
. ¨(alumnos, PDI, PAS, otras personas interesadas.
a)
Enseñanzas
para
títulos universitarios
oficiales
2.- Podrán
impartirse
en
Modalidad
presencial
Modalidad
no presencial
Modalidad
mixta
La
dedicación
del
alumnado
para los
Títulos
oficiales
y
Títulos
propios
podrá ser:
Reducida en atención a la discapacidad
Parcial
Completa