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Artículo 151. (Tipos de Violencia en el Sistema Educativo).
Violencia entre pares.
Este es un tipo de maltrato bajo el actuar de dos alumnos, incluso pudiendo ser un grupo de ellos, los cuales irán a actuar en contra de un o una estudiante, sufriendo de:
Ostigamiento.
Castigos.
Acoso.
Tanto la víctima como el victimario, son estudiantes de la institución educativa.
Violencia entre no pares.
Será como todo maltrato ejercido por parte de padres o madres, los maestros de la institución, o algún servidor que presta servicios a la misma escuela, este maltrato irá en contra de los estudiantes.
Violencia verbal.
Este maltrato hace referencia a todo insulto, grito, palabras dirigidas al prójimo con la intención de discriminar, despreciar, descalificar o denigrar al prójimo.
Discriminación.
Conducta que consiste en excluir, restringir o hacer una distinción en contra de:
Edad.
Orientación sexual.
Color.
Sexo.
Cultura.
Nacionalidad.
Capacidades diferentes o especiales.
Vestimenta.
Etc.
Aspectos económicos.
Violencia cibernética.
Se da mediante hostigamiento, amenazas, acoso, humillaciones, etc., sin embargo, esta deberá darse mediante email, redes sociales u otros medios electrónicos.