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ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO - Coggle Diagram
ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO
DERECHOS SUBJETIVOS PÚBLICOS Y DERECHOS SUBJETIVOS PRIVADOS
DERECHOS SUBJETIVOS PÚBLICOS:
Estos derechos surgen cuando en una relación jurídica, interviene el Estado, sea como ente soberano, persona jurídica de derecho publico o autoridad que se impone
legitimamente a los súbditos.
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS
DERECHOS A LA PROPIA CONDUCTA: Son aquellos en que la facultad concedida por la ley le pertenece a un sujeto activo en cuanto su propio hacer o no hacer.
DERECHOS A LA CONDUCTA AJENA: Como su nombre lo indica, se refiere a una conducta ajena, se refiere a la facultad de exigir algún derecho que tengamos, a otra persona.
Para que exista este derecho se necesita de dos o mas personas.
DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO
DERECHO OBJETIVO:
Es un conjunto de normas que regulan las conductas de las personas.
DERECHO SUBJETIVO:
Es la facultad de la cual confiere el derecho objetivo a un sujeto,abstenerse de hacerlo o exigir el cumplimiento de
una obligación a otro individuo.
DERECHOS ABSOLUTOS Y DERECHOS RELATIVOS
DERECHOS ABSOLUTOS:
Derechos que podemos ejercitar frente a un numero indeterminado de personas, (frente todos los hombres) sobre un bien o cosa determinada.
DERECHOS RELATIVOS: Son derechos que podemos ejercitar frente a uno o varios sujetos individualmente determinados. (no frente a todos los hombres).
DERECHOS SUBJETIVOS PRIVADOS:
DERECHOS PATRIMONIALES: Son los que tienen un valor económico y por tal razón forman parte del patrimonio de las personas.
DERECHOS EXTRA-PATRIMONIALES:
Son como su nombre lo indica no tienen ningún valor económico, razón por la cual no pueden formar parte del patrimonio de las personas.
DERECHOS INDEPENDIENTES Y DERECHOS DEPENDIENTES
DERECHOS INDEPENDIENTES: son derechos autónomos, tienen validez propia, no se basan o no se encuentran condicionados por una obligación o deber jurídico de su titular,
ejemplo el derecho a la salud
DERECHOS DEPENDIENTES: Como su nombre lo indica, se basan o dependen de deberes jurídicos u obligaciones de su titular.
DERECHO VIGENTE Y DERECHO POSITIVO
DERECHO VIGENTE: Es el derecho reconocido por el Estado, que el mismo
Estado ha declarado obligatorio, después de que se han cumplido ciertas formalidades o requisitos contemplados en la constitución y leyes de cada país.
DERECHO POSITIVO: Es el conjunto de normas jurídicas actuales, que son cumplidas, observadas,
respetadas, practicadas, y aplicadas por los habitantes de un Estado, en pocas palabras es el derecho vigente que se cumple.
DERECHO NATURAL:
ESCUELA TEOLÓGICA:
Esta escuela considera al derecho natural, como una manifestación de la voluntad divina como la misma ley natural, generadora de la ley humana, las cuales han sido reveladas por Dios.