Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
SECCIÓN 2ª. DE LAS JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA, ART.79. COMPETENCIAS, ART…
-
ART.79. COMPETENCIAS
j) PROPONER nombramiento de DOCTOR HONORIS CAUSA, premios y distinciones.
-
-
-
-
l) PROPONER al Consejo de Gobierno la adscripción de asignaturas a departamentos según los planes de estudio.
k) ELABORAR informes sobre propuestas de creación-modificación-denominación-adscripción y supresión de DEPARTAMENTOS
-
-
-
-
-
m) ELEVAR al Consejo de Dirección para que el Consejo de Gobierno considere los criterios de asignación de profesores a las titulaciones y enseñanzas. Para mejorar la calidad docente.
n) CONVOCAR elecciones para renovación del Claustro de F/E.
- Con 1 mes de antelación a la fecha de expiración.
- Fijar la fecha de celebración.
- Plazo de presentación de candidaturas.
ART.78. COMPOSICIÓN, ELECCIÓN Y RENOVACIÓN
-
-
c) Mínimo 20 / Máximo 50 elegido por/entre integrantes del Claustro de Centro. respetando la representación de todos los colectivos.(mayoría profesores con vinculación permanente)
-
3.- En la sesión constitutiva del Claustro de Centro, se elegirá a los miembros de la Junta de Centro.
- Máximo 2 meses desde su constitución para hacer la elección.
- Alumnos se renovarán cada 2 años.
-
ART.77. NATURALEZA
- Decisiones básicas que afecte:
-
-
-
-
-