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MALTRATO INFANTIL. DERECHOS Y DEBERES. - Coggle Diagram
MALTRATO INFANTIL.
DERECHOS Y DEBERES.
Medidas preventivas y de protección en el sistema educativo.
Como medida preventiva se tendrán las siguientes medidas por parte de la comunidad educativa
Elaborar medidas de no violencia, agresión o acoso, con el fin de resolver problemas.
Incentivar una cultura de convivencia pacífica y armónica, mediante diferentes planes.
este plan deberá contener lo siguiente:
Normas de conductas aceptables que orienten a un buen trato.
Derechos y deberes de los miembros de la comunidad.
Procedimiento disciplinario.
Descripción de sanciones internas y procedimientos alternativos.
Remisión de informes en caso de cualquier mala conducta.
Programación de actividades.
Romper la cultura del silencio y del miedo.
Denunciar casos graves y denuncias falsas.
Todas estas medidas serán de carácter obligatorio para todos los centros de educación, esta obligatoriedad se debe a que esto será elaborado por autoridades superiores, basándose en la C.P.E.
Infracciones por violencia contra niños, niñas y adolescentes.
Serán sancionadas las siguientes infracciones:
Sometimiento a castigos físicos u otras formas de degradación que afecten la dignidad de las víctimas.
Abandono emocional o psico-afectivo en el relacionamiento cotidiano.
Falta de provisión adecuada y oportuna de cualquier necesidad básica.
Utilización de los niños o adolescentes como objeto de presión, chantaje u hostigamiento en conflictos personales o sociales.
Violencia que podría estar tipificada como delito.
Inducción a los ninos o adolescentes a corromperse, a utilizar sustancias ilícitas u otros actos ilegales.
Todas las personas, sean quienes sean, siempre y cuando tengan conocimiento de hechos de violencia o ilícitos en contra de los niños y adolescentes, están obligados a denunciar estos hechos conocidos.
Derecho de acceso a la justicia.
Los menores de edad, tienen el derecho a solicitar la protección y restitución de sus derechos mediante cualquier mecanismo dispuesto por ley.
Toda protección, restitución o restauración de los derechos de los menores de edad, deberán ser resueltos mediante nuestra jurisdicción, en el ámbito legal.
Los niños y adolescentes pueden acudir personalmente o mediante sus padres o tutores legales, ante la autoridad competente para la defensa de sus derechos.
Es garantía del Estado restaurar y solucionar conflictos donde se dañen la integridad física, psicológica o sexual de los menores de edad.
Se prohibirá toda forma de conciliación o transacción ante delitos de violencia o agresiones sexuales.