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LEY N° 21621. Ley de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada,…
LEY N° 21621. Ley de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
CAPITULO XII: DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA EMPRESA
Se disuelve
En caso que la Empresa
Sea de interés Nacional el Poder Ejecutivo podrá ordenar su continuación forzosa y este proveerá los recursos necesarios.
No se disuelva por quiebra o fusión los trabajadores tendrán derecho a la adquisición de sus activos
por
Quiebra
Muerte del Titular
Pérdidas que reduzcan el patrimonio en mas del 50%
Resolución Judicial según el articulo 81
Conclusión de su objeto
Otra causa prevista por ley
Voluntad del Titular
Actividades contrarias al orden público
mediante
Escritura Pública que consta la causal y el nombramiento del Liquidador
Inscripción del acto en el Registro de personas Jurídicas
Inscripción al Registro Mercantil para abrir el proceso de liquidación
Publicación dentro de los 10 días dicha decisión
El titular
Designa al Liquidador
Podrá asumir la función de Liquidador
Responsable de los documentos de la empresa extinguida por 5 años
Derecho al remanente de la Liquidación
El liquidador
Formula el Inventario y Balance
Inscribe la extinción en el Registro Mercantil
Lleva y custodia los libros
Ejerce representación para fines de liquidación
Convoca a los acreedores para que justifiquen sus créditos
CAPÍTULO III: DE LOS APORTES
Artículo 20.
El aporte en dinero
por depósito de banco,
sea acreditado en nombre de la Empresa.
Artículo 21.
En casos de aportes no dinerarios,
deberá,
insertarse bajo responsabilidad del
Notario un inventario detallado y valorizado de los mismos
La valorización,
realizará bajo,
declaración jurada
del aportante
Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores (CONASEV).
Artículo 19.
El aportante transfiere a la Empresa
(bienes aportados)
quedando,
incorporados al patrimonio de la empresa.
Artículo 22.
La transferencia a la Empresa
de los bienes no dinerarios aporta en :
a) Bienes inmuebles,
b) Bienes muebles,
Artículo 18.
El patrimonio inicial de la Empresa
forma
aportes de la persona natural quela constituye.
Artículo 23.
El derecho de propiedad de la Empresa
acerca de bienes
será opuesto
a terceros en el modo y
derecho común o los derechos especiales,
según la naturaleza del aporte.
CAPÍTULO II: CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA
Artículo 16.
escritura pública,
Registro Mercantil dentro del plazo de treinta (30) días
Actos que no requieran
Escritura pública
debe constar confirma legalizada por Notario
Artículo 15.
escritura pública
se Expresará:
b) La voluntad del otorgante de constituir la Empresa y de efectuar sus aportes;
c) La denominación y domicilio de la Empresa;
a)
Estado civil, Nombre de cónyuge
Domicilio del otorgante
Nombre completo, nacionalidad
d) El objeto, señalándose clara y precisamente los negocios y operaciones
La Empresa No puede tener por
objeto de desarrollo de Actividades:
e) El valor del patrimonio aportado, los bienes que lo constituyen y su valorización;
f) El capital de la Empresa;
g) El régimen de los órganos de la Empresa;
h) El nombramiento del primer gerente o gerentes;
i) Las otras condiciones lícitas que se establezcan
Artículo 14.
Validez de
Actos y
en nombre de
la empresa
antes de su
inscripción en el
Registro Mercantil,
En caso de que no se
ilimitadamente responsable ante
terceros.
constituya o considere
contratos
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 7.
La Empresa tendrá una denominación
permita individualizarla.
tiene derecho a solicitar la reserva
de preferencia registral
denominación por un plazo de 30 días hábiles,
Artículo 8.
La Empresa,
duración indeterminada y tiene carácter
mercantil
Artículo 9.
Todo,
que no está previsto en la
Escritura de Constitución de la Empresa
aplicarán las disposiciones que establece
Artículo 10.
Debe ser constituída en el Perú,
y
su domicilio en territorio peruano
todo jurisdicción de tribunales
Artículo 4.
Personas naturales
podrían ser
Titulares de Empresas Individuales
de Responsabilidad Limitada.
Bienes comunes de
sociedad conyugal
pueden ser
aporte hecho por
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Al fenecer
sociedad conyugal
deberá ser
adjudicada a los cónyuges con capacidad civil
, en caso de que no,
se procederá del artículo 31 b) y c)
Artículo 1.
La E.I.R.L.
persona jurídica
derecho privado
por voluntad unipersonal
posee patrimonio propio
en el desarrollo exclusivo
para
1 more item...
distinto al del titular,
Artículo 12.
publicaciones ordenadas
hechos
periódico encargado de
la inserción
avisos judiciales
del lugar del domicilio de la Empresa.
CAPITULO VIII
DEL RÉGIMEN DE LOS TRABAJADORES
Artículo 67.- El monto correspondiente a la participación de los trabajadores se distribuirá dentro de los 30 días de aprobado el Balance General del ejercicio.
Artículo 68.- La Empresa mantendrá una cuenta en el pasivo. Dicha cuenta será actualizada cada año
Artículo 66.- Los trabajadores de la Empresa están sujetos al régimen laboral de la actividad privada
según el Decreto Ley Nº 21435.
CAPITULO IX
DE LAS SUCURSALES
Artículo 70.- Las sucursales de la Empresa no tienen personalidad jurídica distinta a la de aquélla.
Artículo 69.- El Titular de la Empresa puede establecer sucursales en el territorio de la República.
CAPITULO VII
DEL BALANCE Y DE LA DISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS
Artículo 62:
La aprobación por el Titular
de los documentos mencionados,
no importa el descargo
del Gerente o Gerentes
Artículo 64.- Las Empresas que obtengan en el ejercicio económico beneficios líquidos, superiores al 7% al importe capital, que obligas a detraer como mínimo el 10%.
Artículo 61:
El Gerente está obligado
a presentar al Titular,
dentro del plazo máximo de 60 días.
Artículo 65.- El Titular tiene derecho a recibir los beneficios obtenidos,
siempre que el valor del patrimonio no sea inferior al capital.
Artículo 63: Se Determinan los beneficios netos y antes de procederse a la detracción de las
reservas y los porcentajes
a los trabajadores Según en los artículos 23º y 24º del Decreto Ley Nº 21435.
DE LA FUSIÓN
La escritura de la constitución de una empresa por fusión
debe contener:
Los balances finales de cada una de las empresas
Articulo N°78
La empresa que se extinga por fusión
hará constar la disolución por escritura publica
al registro mercantil
la esritura se insertara con relacion a cada empresa :
Balance final
Cerrado el día anterior a decisión de la fusión
Balance general
Cerrado al día anterior del otorgamiento de la escritura
Articulo N°77
La fusión de una empresa con otra
Pueden ser realizada por:
Incoorporacion
con el fin de:
Sin liquidarse y asumir la empresa incorporante la totalidad del patrimonio de la otra
Constitución
Articulo N°76
Cuando una empresa se incorpora a otra
La escritura debe constatar los balances finales de:
Las empresas incorporadas
y
Las modificaciones resultantes al aumento del capital
Articulo N° 79
DE LA TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDADES EN EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Por razón de transformación:
Los socios y accionistas
Deberan:
transferir sus acciones a una sola persona
articulo N° 73
La transformación
se hará:
Constar en escritura publica
Inscribir en el registro de mercantil
Bajo exigencia de la ley y el balance
Articulo 71: Cuando se transforma en una E.I.R.L.
Se rige
A las normas y Reglas
La escritura de transformación
se otorga:
En 30 días
articulo N° 74
articulo N° 75
CAPITULO XIII:DE LA QUIEBRA DE LA EMPRESA
No conlleva a la quiebra del titular
Solicita la declaración de quiebra de la Empresa
El liquidador en caso del cese de pagos durante la liquidación.
Cualquiera de los acreedores de la empresa
El gerente, antes de los 30 dias del cese de pago de las obligaciones
CAPITULO IV
Règimen del derecho del titular
Derecho del titular tiene la calidad legal del bien incorporal
Si el titular fallece debe inscribirse en el Registro Mercantil
El derecho del titular pertenece a los sucesores si son persona natural
CAPITULO VII
De la modificación de la escritura de construcción de aumento y de la recaudación del capital
El capital se puede aumentar siempre que el valor de activo no sea inferior al capital de la empresa
El termino del ejercicio se aprecia una diferencia a mas del 20%
El titular puede modificar la escritura
CAPITULO V
De los Órganos de la empresa
Titular
Designar al gerente
Aprobación de desaprobar las cuentas
Modificar la Escritura
El titular responde en forma personal e ilimitada
Titular y Gerencia
Gerente
Representar judicial y extrajudicialmente
Cuidar la contabilidad
Organizar el regimen
INTEGRANTES
APAZA JARA, OSCAR DAVID
CALSINA PINTO, KHELMA KATHERIN
GUTIERREZ MOLINA, RUDY NAIL
RAMOS MAMANI, YAJAIRA NORMA
SUCASACA CONDORI, KARINA