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Los fines extrafiscales a la luz de los principios constitucionales en…
Los fines extrafiscales a la luz de los principios constitucionales en Materia Tributaria
Los fines extrafiscales
Vinculación de los tributos al gasto públicos
proviene de las raíces latinas extra, que significa “fuera de” y fiscalis que significa “lo perteneciente o relativo al fisco o al oficio del fiscal
persiguen propósitos fuera de lo relativo
al fisco es decir, fuera de la recaudación.
se establecen por el Estado, cuando éste busca como
instrumento de política pública política económica y política
fiscal
incentivar o desincentivar una actividad
Cuando el fin es cumplido el tributo extrafiscal debe desaparecer
no se debe contemplar dentro del paquete de la recaudación fiscal para gasto público
pueden servir de manera accesoria como instrumentos eficaces de la política financiera, económica y social que el Estado tenga interés en impulsar.
Tipos de extrafiscalidad
Tributos fiscales con elementos extrafiscales
acompañados por incentivos o beneficios de
naturaleza extrafiscal
pueden crearse y establecerse de una manera formal en la ley
Tributos extrafiscales impropios
pretende reducir determinados actos contrarios a la salud o
frenar algunos hábitos sociales
buscan mediante una alta imposición tributaria, conseguir la
finalidad extrafiscal
Tributos genuinamente extrafiscales
Tienen una finalidad extrafiscal
para que sus elementos cuantitativos
y cualitativos sean congruentes al logro esos fines
La finalidad no recaudatoria debe quedar completamente clara en la ley
La finalidad extrafiscal debe encontrarse plasmada en la estructura interna del tributo,
El tributo extrafiscal debe establecer conductas
definidas y tener un objetivo y objetivos claros
y definidos
Debe contar con una corriente conductista
Los principios constitucionales en materia fiscal
como límite de los fines extrafiscales
La legalidad constitucional como límite de los fines extrafiscales
no se encuentra un artículo expreso que establezca la existencia
de los tributos con fines extrafiscales
no significa que estos carezcan de anclaje constitucional
se encuentra un fundamento constitucional para el
establecimiento de la finalidad extrafiscal de los tributos
Artículo 25
El Estado permite el uso del tributo extrafiscal para alcanzar sus
fines
Límites a las contribuciones con fines extrafiscales
Que se establezcan los fines extrafiscales de
manera accesoria a la finalidad fiscal, al principio recaudatorio.
cumplan con los principios tributarios constitucionales
consagrados en el Articulo 31 fracción iv de la
Constitución Federal.
Que se establezcan expresamente las finalidades extrafiscales de los tributos en las iniciativas de ey, exposición de motivos, dictámenes o en la misma ley, o que pueda del propio precepto del tributo desprenderse su finalidad extrafiscal.
El principio de legalidad
sustenta en los principios de Seguridad
Jurídica y de Certeza Jurídica
Un tributo con fin extrafiscal debe estar expresamente
señalado y justificado
Proporcionalidad y equidad
se ajusta a la capacidad contributiva de los
contribuyentes
El debido destino de los recursos hacía el fin extrafiscal
El Estado debe darles un real y verdadero destino al gasto
público para el cumplimiento de sus fines y atender todos los
rubros planteados en su Presupuesto de Egresos Anual