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Garantías Financieras del Seguro, Provisión Para Primas Pendientes de…
Garantías Financieras del Seguro
Provisiones y Reservas
Se refieren a un conjunto de recursos constituidos para respaldarse ante gastos y obligaciones contractuales futuras. La constitución de estas otorgan garantía y solidez financiera a largo plazo.
Provisión Matemátic
a
Exclusivas para seguro de vida
El riesgo es progresivo, es necesaria su constitución debido a que cuando se posee edad avanzada mayor probabilidad de muerte existe y para poder cubrir el riesgo es necesario que la prima se provisione cuando la edad es corta.
Provisión para Siniestros Pendientes de Declaración
Se constituye debido a que al finalizar el ejercicio existe probabilidad de que haya ocurrido siniestros que aún no han sido reportados a la aseguradora, y la aseguradora continúa teniendo responsabilidad de indemnización en dichos siniestros, para lo cual necesita reservas.
Provisión para Siniestros Pendientes de Liquidació
n
En este caso la aseguradora ya tiene conocimiento de la ocurrencia de los siniestros, sin embargo, aún no se han indemnizado las pérdidas, la responsabilidad de la aseguradora se mantiene y por tanto es necesaria la provisión.
Reserva de Estabilización
La constitución de la provisión se realiza por medio de un recargo de prima para evitar que la aseguradora registre pérdidas provocadas por la desviación de la siniestralidad. Este caso puede ser cubierto en una póliza de reaseguro de exceso de siniestralidad.
Margen de Solvencia
Es una provisión que se calcula con base en las actividades que opera la entidad, es decir que soporta el riesgo de operación, se constituye por recursos del patrimonio no comprometido por ninguna obligación contractual.
Fondo de Garantía
Se constituye con un monto mínimo del patrimonio propio, este mínimo representa el límite por debajo del cual no puede operar una compañía aseguradora, la base del caculo es un tercio del propio margen de solvencia.
Provisión Para Primas Pendientes de cobro
Su constitución soporta el posible riesgo de impago por parte de los asegurados, consecuencia de que estos no cumplan su obligación principal y de que se les permita no cancelar la prima en la celebración del contrato.
Provisión de Riesgo en Curso
Para pólizas de daños
Es necesaria la provisión debido a que la prima cobrada corresponde a un año de cobertura, pero difícilmente concuerdan con el ejercicio fiscal. Por lo cual se debe dividir la prima entre percibida devengada por el riesgo ya vencido y prima percibida no devengada, en el próximo ejercicio.
Luis Antonio Bran Monterroso