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Historia del penitenciarismo en México, El código muere en 1931 - Coggle…
Historia del penitenciarismo
en México
movimiento de independencia
Pasaron del facto al de jure
Crearon los primeros textos que aspiraron a implantar leyes que “constitucionalizaran” las acciones bélicas independentistas.
1871 con el Código penal
del licenciado Martínez de Castro, se deja de aplicar la legislación virreinal.
En 1880 Porfirio Díaz se promulgó el primer Código de procedimientos penales, pero el Código penitenciario no apareció durante el tiempo de su dictadura.
1900, Palacio negro, tiene su respectivo reglamento posterior y dentro del sistema
Irlandés de Croffton: unicelular y del silencio.
Se separaron,
por primera vez, los procesados, que permanecieron en la Cárcel de
Belem hasta 1933, de los sentenciados.
Puebla prisión unicelular activada bajo el régimen filadélfico del silencio y del trabajo.
Puebla abolió la pena de muerte, sueño al que se habían aspirado largamente los intelectuales del liberalismo.
1910- Venustiano Carranza promulga la constitución de 1917
Artículo 18 que “los gobiernos de los Estados
y de la Federación organizarán en sus respectivos territorios el sistema penal, colonias penales, penitenciarías, presidios sobre la base del
trabajo como medio de regeneración”.
Los artículos 19 y 20 hacían referencia al “mejoramiento” del trato de los reclusos.
Antes del movimiento se intento convencer que el sistema de prisiones que sustituyera la pena de muerte.
Los presos tiene participación
Siglo XVIII
la educación, la corrección, la regeneración, la rehabilitación, la readaptación, la reinserción,
siglos XIX y XX”, en las Reformas constitucionales de 1840, en el artículo 133, fracción V, dispone la mejora de las cárceles
l842 también se hicieron recomendaciones para que no se molestaran a los reos.
Constitución de 1857 artículo
23, marca que la pena de muerte subsistirá hasta que no exista un sistema penitenciario.
Jalisco, en Guadalajara, construye la primera penitenciaría.
Maximiliano, quiso mejorar las cárceles y así se asienta en los principios de legalidad
1929 se promulgó el llamado Código Almaraz creación de los órganos gubernamentales para instalar una política criminológica.
se creó el Supremo Consejo de Defensa y Prevención social
1932 se realizó el primer Congreso penitenciario en Zacatecas y el Distrito Federal.
1933 con la destrucción de la Cárcel de Belem se volvieron a unir en Lecumberri procesados y sentenciados, hombres y mujeres.
Miguel Alemán construyó en Santa Martha Acatitla, la primera Cárcel de Mujeres que después se llamaría Centro Femenil de Readaptación Social.
1954 comenzó su función bajo el régimen de Adolfo Ruiz Cortines.
Erigió, la nueva penitenciaría del Distrito
Federal que se terminó en 1957, funciona hasta 1958.
1964, se reformó el artículo 18 constitucional publicado el 23 de febrero de 1965 en el Diario Oficial y vigente cinco días después.
-Separación de hombres y
mujeres. - Capacitación para el trabajo y educación para alcanzar la readaptación.
Juan Fernández Albarrán, logró establecer
un sistema penitenciario integral
Quiroz Cuarón decía que pueden transformar al delincuente en un ser útil a la sociedad.
1966 se inaugura el Centro Penitenciario del Estado de México, funciona el 1o. de enero de 1967.
Tuvo dos contextos, la institución cerrada y la institución abierta (cárcel sin rejas). Esta última fue la primera en el país.
tuvo 24 innovaciones.
2008, 2011 y 2013 cambio del sistema penal
inquisitivo-mixto al acusatorio-oral y adversarial, inscrito en las Reformas constitucionales
Condiciones generales de las cárceles.
sobrepoblación indigna e infrahumanas, corrupción, abuso de prevención, procesos lentos
Con un 95% de hombres y un 5% de mujeres, las cuales se encuentran en peores condiciones que los hombres y con número
no especificados de niños.
Refleja la falta de continuidad de una
política criminológica
(CEVAREPSI) Centro Médico envió a los enfermos físicos como mentales.
El último reclusorio importante, construido para los efectos de enviar a los jóvenes adultos delincuentes Centro de Readaptación Social Varonil de Santa Martha Acatitla y se encuentra anexo a la Penitenciaria del Distrito Federal (CEDESOVA).
El código muere en 1931