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Determinación y pago de contribuciones, Hernández Fernández María Fernanda…
Determinación y pago de contribuciones
Determinación del impuesto
Se aplicará a la base gravable la cuota conforme a la clasificación arancelaria
Art. 80
Los contribuyentes
manifestarán bajo
protesta de
decir la verdad, lo
siguiente de las
mercancías
Art. 81
Descripción, origen y estado
Valor en aduana y método de valoración utilizado.
Existencia de vinculaciones (art. 68) en importación o valor comercial en exportación.
Clasificación arancelaria y número
de identificación comercial
Monto de las contribuciones causadas
Cuotas compensatorias (si es que las hubo)
Sujeto que determina
las cuotas
Art. 82
La autoridad aduanera
El interesado, agencia
o agente aduanal
Pago de contribuciones
Art. 83
Se pagará antes de que se
active el mecanismo de selección
automatizado
En caso de
recinto
fiscalizado
El pago se hará dentro del mes siguiente a su depósito
Si es aduana marítima se hará dentro de los dos meses siguientes.
Podrá pagarse antes de
la fecha de llegada
de la mercancía
Si la mercancía se presenta en aduana dentro de los 3 días después del pago, las cuotas, base gravable, tipo de cambio, regulaciones y precios estimados, serán las que rijan en la fecha de pago.
En caso de exportar o importar por tuberías o cables, deberán de transmitir los pedimentos por medio del sistema electrónico aduanero a mas tardar el 6 del mes siguiente.
Art. 84
Cuotas aduaneras
de garantía
Art. 84-A
Garantizar el pago de contribuciones
y cuotas compensatorias de
Importación definitiva con valor inferior de pedimento
Art. 86-A
Efectúen el tránsito interno o internacional y el valor del pedimento se determine por mercancías idénticas o similares.
Art. 86-A
Importación temporal
Art. 86
Se podrá hacer un depósito por los impuestos causados y se exportará la mercancía en un plazo no mayor a un año.
Podrán recuperar el depósito y sus rendimientos a excepción de la proporción de días que estuvo en territorio nacional, restando el porcentaje de deducción autorizado.
Obligaciones de las instituciones de crédito
Art. 87
Presentar declaraciones semestrales que manifiesten
El nombre y el RFC de los usuarios de las cuentas aduaneras.
Las cantidades transferidas a la cuenta del importador y de la Tesorería de la Federación.
Transferir el importe de los títulos a la cuenta de la Tesorería de la Federación, cuando el importador de aviso de que no va a retornar las mercancías.
Transferir el importe de los títulos a la cuenta de la Tesorería de la Federación, cuando se lo solicite la autoridad competente.
Caso de pasajeros
Art. 88
Podrán optar por determinar sus contribuciones por procedimiento simplificado
Rectificación de pedimento
Art. 89
El número de veces que sean necesarios, siempre que lo realicen antes de activar el mecanismo de selección automatizado.
Hernández Fernández María Fernanda