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DERECHOS DE PROTECCIÓN Y PARTICIPACIÓN
DERECHOS DE PROTECCIÓN
Art. 53.- Derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete la intimidad de su vida privada y familiar.
Art. 50.- Derecho a la integridad personal
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete su integridad en todos los ambitos
Art. 51.- Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.-
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se respete:
a) Su libertad.
b) Su dignidad, autoestima, honra, reputación e imagen propia.
Art. 54.- Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales
Los adolescentes que hayan sido investigados, privados de su libertad tienen derecho a que no se hagan públicos sus antecedentes policiales.
Art. 52.- Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen se prohibe:
La participación de niños, niñas y adolescentes en programas, en producciones de contenido pornográfico
La utilización de niños y niñas o adolescentes en espectáculos de proselitismo político o religioso
Art. 56.- Derecho de los hijos de las personas privadas de libertad
Los niños, niñas y adolescentes que no que tengan a sus progenitores privados de su libertad, deberán recibir protección y asistencia especiales del Estado.
Art. 57.- Derecho a protección especial en casos de desastres y conflictos armados
Esta protección se expresará en la provisión prioritaria de medios de evacuación de las zonas afectadas, alojamiento, alimentación, etc.
Art. 55.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades o necesidades especiales
Los niños, niñas y adolescentes, que tengan alguna discapacidad o necesidad especial gozarán de los derechos que sean necesarios para su desarrollo.
Art. 58.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados
Los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a recibir protección humanitaria y la asistencia necesaria para el pleno disfrute de sus derechos.
DERECHOS DE PARTICIPACIÓN
Art. 61.- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión
El Estado garantiza, en favor de los niños, niñas y adolescentes, las libertades de pensamiento, de conciencia y de religión, sujetas a la ley.
Art. 59.- Derecho a la libertad de expresión
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a expresarse libremente, con las restricciones que impongan la ley.
Art. 63.- Derecho de libre asociación
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a asociarse libremente con fines lícitos y a constituir asociaciones sin fines de lucro.
Art. 60.- Derecho a ser consultados
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser consultados en todos los asuntos que les afecten en la medida de su edad y madurez.
Art. 62.- Derecho a la libertad de reunión
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a reunirse para la promoción, defensa y ejercicio de sus derechos y garantías.