BENEFICIOS ADICIONALES DEL SEGURO DE VIDA
- NO cuentan con disputabilidad, carencia de restricciones, suicidio.
BENEFICIOS ADICIONALES DEL SEGURO DE VIDA
POR MUERTE ACCIDENTAL
POR PERDIDAS ORGANICAS
BENEFICIO POR MUERTE DE ACCIDENTE COLECTIVO
POR INVALIDEZ
Edad de contratación: 12 a 65 años
Se cancela cuando se termina la cobertura básica o cuando el asegurado cumpla 70 años.
Se contrata junto al de muerte accidental
%
Por muerte del asegurado 100%
Por la pérdida de ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100%
Por la pérdida de una mano y de un pie 100%
Por la pérdida de una mano o un pie, conjuntamente con la vista de un ojo 100%
Por la pérdida de una mano o un pie 50%
Por la pérdida de la vista de un ojo 30%
Por la pérdida de un dedo pulgar 25%
Por la pérdida de un dedo índice 10%
Por la pérdida de cada uno de los dedos, medio anular y meñique 5%
No opera el periodo de espera
en las perdidas organicas al 100%
Surte efecto 6 meses después de que se le haya declarado la incapacidad.
EXENCIÓN DE PAGO DE PRIMAS
La compañia pagara las sumas hasta que se cumpla el plazo debido a la invalidez total o permanente
Si no se utiliza, se cancela a los 60 años de edad
El periodo de la cobertura comprende desde que concluye el periodo de espera, hasta la terminación del plazo de vigencia de la póliza
BENEFICIO RENTA POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
Es el pago de una renta mensual (normalmente 60% de sus ingresos del asegurado)
Se contrata con el beneficio de exención de pago de primas
Se cancela a los 60 años
ULTIMOS GASTOS
GASTOS FUNERARIOS
ENFERMEDADES GRAVES/ TERMINAL