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NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL, tecnicas-prevencion-riesgos…
NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
De la prevención de riesgos
Marco legal
En Normas Comunitarias Andinas.
Convenios internacionales de la OIT.
Código del Trabajo.
Reglamento de seguridad y salud de los trabajadores.
Programas de prevención de riesgos
Prevención al uso y consumo de drogas en espacios laborales.
Prevención de riesgos psicosociales.
Definición
Es la disciplina que busca promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo.
De las medidas de seguridad e higiene
Concepto
Conjunto de medidas de protección obligatoria mínima de las personas comprendidas en el ámbito del Sistema de la Seguridad Social, a fin de prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Aspectos en las principales normas de higiene y seguridad en el trabajo.
La higiene en el trabajo engloba tanto el conocimiento como los aspectos técnicos que nos sirven para identificar y corregir todo tipo de causas de origen ambiental.
Medidas genéricas de seguridad e higiene en el trabajo.
Evitar el consumo de tabaco, estupefacientes y alcohol en horario laboral o en horas previas a esta.
Utilizar los elementos de protección personal.
Conocer las pautas básicas ante situaciones de emergencia.
Cuidado del material con el que se trabaja es una de sus normas básicas.
Actitud responsable que implican atención, lógica y sentido común para conseguir la seguridad laboral.
De los puestos de auxilio
Definición
Los primeros auxilios son las técnicas destinadas a salvar la vida de una persona que ha sufrido un accidente, a prevenir posibles complicaciones o para ayudar en el tratamiento de las lesiones producidas
Acciones para proporcionar los primeros auxilios
No levantar a la persona sin que le hayan aplicado los primeros auxilios.
No se le debe poner alcohol a la persona en ninguna parte del cuerpo.
Colocar al paciente en posición cómoda.
No se le deben dar líquidos.
Comportarse con tranquilidad y serenidad.
Art. 46. Servicios de primeros auxilios
Si el centro tuviera 25 o más trabajadores simultáneos, dispondrá además, de un local destinado a enfermería.
El empleador garantizará el buen funcionamiento de estos servicios, debiendo proveer de entrenamiento necesario a fin de que por lo menos un trabajador de cada turno tenga conocimientos de primeros auxilios.
Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios.
Preceptos para la prevención de riesgos
Acciones
El Departamento de Seguridad e Higiene del Trabajo y los inspectores del trabajo exigirán a los propietarios de talleres o fábricas y de los demás medios de trabajo, el cumplimiento de las órdenes de las autoridades
Recomendaciones para la prevención de riesgos
Se realizará revisión periódica de las maquinarias en los talleres, a fin de comprobar su buen funcionamiento
La fábrica tendrá los servicios higiénicos que prescriba la autoridad sanitaria, la que fijará los sitios en que deberán ser instalados
Se ejercerá control técnico de las condiciones de humedad y atmosféricas de las salas de trabajo
Se ejercerá control de la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y de la provisión de ficha de salud.
Los locales de trabajo, que tendrán iluminación y ventilación suficientes, se conservarán en estado de constante limpieza y al abrigo de toda emanación infecciosa