el juez extranjero, ciertamente, carece de jurisdicción; su decisión, de por sí, no tiene ninguna eficacia imperativa
si tiene jurisdicción frente al Estado al cual pertenece, no está ciertamente provisto de ella frente a un Estado diverso. Sin embargo, la decisión puede adquirir la misma eficacia que la decisión de los jueces dotados de potestad jurisdiccional cuando uno de éstos, en los modos prescritos por la ley (exequátur), la haya sometido a un cierto examen y haya pronunciado respecto de ella una cierta providencia. Para éste autor en éste caso y el del arbitraje estamos frente a la figura de "
los equivalentes jurisdiccionales. En todo caso, dice el autor lo mismo la sentencia extranjera que la transacción pueden servir para la misma finalidad que la jurisdicción persigue; pero ninguna de las dos implica ejercicio de jurisdicción, puesto que mediante ellas no actúa el interés público en cuanto a la composición de los conflictos