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Legislación operativa del conductor - Coggle Diagram
Legislación operativa del conductor
Reglamento publicado en el Suplemento del Diario Oficial del Estado de Yucatán, el viernes 25 de junio de 1999.
Artículo 1
Disposiciones de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán
Artículo 2
Define:
XIV. Camión
XV. Carga general
XVI. Carga especializada
XXIV. Empresa
Artículo 29
Requisitos para ser operador:
Mayor de edad
Acreditar experiencia
Aprobar los cursos
Contar con licencia de manejo
Acreditar exámenes médicos
Artículo 30
Acreditar periódicamente:
Exámenes psicológicos
Exámenes psicológicos
Artículo 31
Los concesionarios y permisionarios tendrán la responsabilidad de que se realicen anualmente, los exámenes señalados
Artículo 33
Programas de capacitación
Seguridad en el transporte
Legislación vial
Técnicas de primeros auxilios
Mecánica general
Ética de transporte