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Elementos de la relación jurídico tributaria - Coggle Diagram
Elementos de la relación jurídico tributaria
Vamos a señalar cuáles son los elementos que conforman la relación jurídico-tributaria, la misma que dará origen al nacimiento de las obligación tributaria, es necesaria la presencia de cuatro elementos.
Sujeto pasivo
Ley
Hecho generador
Sujeto activo
La concurrencia real y efectiva de estos cuatro elementos, en un momento y circunstancia determinados, producen el nacimiento de la obligación tributaria que confiere al estado el derecho o crédito y a la persona vinculada con estos elementos la obligación de pagar, denominada por esta razón "contribuyente.
Elemento Ley
La que con expresión de la voluntad soberana del pueblo ha sido objeto de especiales regulaciones.
Constitución de la república: Potestad tributaria, potestad reglamentaria, principios dde legalidad tributaria, fines de la ley, efectos de la ley.
Potestad tributaria: El primer problema al hablar de la ley Tributaria es averiguar a quien pertenece la facultad o potestad de elaborarla y expedirla. Esta atribución en todo proceso histórico ha pertenecido al ESTADO, exclusivamente a la función o poder Legislativo, es decir al pueblo a través de sus representantes elegidos por voto universal, también en determinadas circunstancias se le ha asignado a la función o poder ejecutiva
Potestad reglamentaria: Se entiende por reglamento a la norma jurídica de menor jerarquía expedida por el órgano competente, con el objeto y propósito de ayudar o facilitar la aplicación práctica. solo al presidente le corresponde dictar los reglamentos para la aplicación de las leyes tributarias. Art147, numeral 13 constitución.
Sí el presidente tiene la iniciativa de crear impuestos, lo lógico es que tenga la posibilidad de reglamentarlos.
Principios tributarios
El régimen tributario se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad.
Igualdad
También deben ser iguales a todos los miembros de la comunidad.
Proporcionalidad
Quien gane más será el más pague
Generalidad
La carga tributaria sea extendida para TODOS LOS HABITANTES.
Irretroactividad
La ley rige desde su publicación en el registro oficial, la ley rige hacia lo venidero.
Legalidad
No puede existir impuesto sin ley previa
Sujeto activo
Es la relación jurídica tributaria que da origen al nacimiento de la obligación tributaria, hemos distinguido la existencia de 4elementos fundamentales, y ya revisado el elemento de la Ley, pasaremos al sujeto activo.
Tal relación que origina la obligación tributaria se establece entre dos partes
El estado como titular del derecho o acreedor de la obligación tributaria
El contribuyente o deudor responsable del pago
La relación juridicamente hablando es entre dos partes: esl estado y el contribuyente
Sujeto pasivo
Sí el sujeto activo es el acreedor o el dueño del tributo, el segundo es el DEUDOR
Es el deudor de la obligación tributaria, la persona obligada al pago, sea como contribuyente o como responsable.
Contribuyente: Persona natural o jurídica que realiza el pago directamente
-Es el responsable por obligación propia.
-Pago del impuesto a la renta.
Responsables: Es la persona que sin tener el carácter de contribuyente debe cumplirá las obligaciones tributarias y son:
Los directores
Los presidentes o gerentes de las personas juridicas
Los representantes legales
Tutores o curadores de incapaces
Pagan una deuda ajena
Los herederos
Agentes de retención
Emisores de tarjetas de credito,IVA.ECT.