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TITULO VII DEL SEGURO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO NORMAS GENERALES -…
TITULO VII DEL SEGURO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO NORMAS GENERALES
Art. 155.- LINEAMIENTOS DE POLITICA
El Seguro protege al afiliado y al empleador mediante programas de prevención y enfermedades profesionales, incluida la rehabilitación.
Art. 156.- CONTINGENCIAS CUBIERTAS
Toda lesión corporal por consecuencia del trabajo que realiza el afiliado se encuentra cubierta por el seguro. Sin incluir las enfermedades excluidas en el Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo.
Art. 157.- PRESTACIONES BASICAS
Servicios de prevención
Servicios médico asistenciales, incluidos los servicios de prótesis
Subsidio por incapacidad, cuando el riesgo ocasione impedimento temporal para trabajar
Indemnización por pérdida de capacidad profesional, cuando no justifique el otorgamiento de una pensión de invalidez
Pensión de invalidez
Pensión de montepío, cuando el riesgo hubiese ocasionado el fallecimiento del afiliado
Art. 158.- RESPONSABILIDAD PATRONAL POR RIESGOS DEL TRABAJO
El patrono que, en cumplimiento de esta Ley, hubiere asegurado a los trabajadores al IESS y se hallen bajo su servicio, se les pagará el cien por ciento (100%) de su remuneración el primer mes
Art. 159.- FINANCIAMIENTO.-
Se financiará con el 0,5% del empleador de las cotizaciones obligatorias patronales para materias imponibles en la relación de dependencia
Art. 160.- RECAUDACION Y DESTINO DEL APORTE.
El aporte patronal obligatorio a este Seguro será recaudado por el IESS y se acreditará inmediatamente en el Fondo Presupuestario del Seguro General de Riesgos del Trabajo.
Art. 162.- ADMINISTRACION DEL SEGURO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO
Sus gastos administrativos se financiarán con una participación en los fondos del IESS no podrá exceder, el cuatro por ciento (4%) de los ingresos del Fondo Presupuestario de este seguro.
Art. 163.- AUTORIDAD RESPONSABLE
La autoridad responsable de la gestión de la Administradora del Seguro General de Riesgos del Trabajo será el Director designado por el Consejo Directivo del IESS