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Capítulo 9: Teorías que fundamentan la percepción tributaria, GISSELLE…
Capítulo 9: Teorías que fundamentan la percepción tributaria
En este capítulo se mencionan y analizan las causas de los tributos. Varias de las teorías que se han elaborado para que el Estado pueda cobrar tributos en México.
Teoría de la necesidad social
Esta teoría hace una comparación entre las necesidades del hombre el individuo con la sociedad las cuales las divide en dos clases las físicas y espirituales
Dentro de las necesidades físicas se encuentran los alimentos, vestido, habitación y todos aquellos indispensables para subsistir.
Las necesidades espirituales se presentan aquellas que significan mejorar sus condiciones de vida, las que lo llevarán espiritualmente y le proporcionarán una mejoría en su persona como son los aspectos culturales, intelectuales y físicos.
Teoría del seguro
Esta teoría considera que los tributos son el pago de una prima de seguro por la protección del Estado que este otorga la vida y el patrimonio de los particulares.
Margaín nos indica que la sociedad toma bajo su cuidado a aquellas personas acusadas de un delito pero hace poco por las personas que están sufriendo el daño, es por lo cual que se debe dar consideración a las víctimas del crimen.
Flores Zavala señala que encuentra inspirada en la teoría política del más puro individualismo por lo que estima que las cantidades que se pagaron por concepto de tributos contribuyen una prima
Un somero análisis de los presupuestos de los estados modernos y aún más aquellos que existían cuando la teoría se formuló nos revela que las cantidades del Estado destinadas a los servicios de seguridad de sus miembros contribuyen a las demás obras públicas
El Estado nunca a actuado como una empresa de seguros cuando alguno de sus miembros es atacado en su patrimonio o en su persona
Parte de un principio falso del Estado que no se ha reducido en ningún tiempo ni para estarlo nunca con una simple función de protección de la hacienda de sus súbditos
Teoría de la relación de sujeción
Señala la obligación de las personas de pagar tributos que surgen de su condición de súbditos, es decir, de su deber de ejecución para con el Estado.
Esta obligación no dicta que el contribuyente perciba ventajas particulares puede ser fundamento jurídico para tributar es la relación de sujeción por lo que esta teoría carece de importancia en la clasificación de los tributos en atención de los servicios públicos que con ello se sufragan.
Con esta teoría han surgido diversas críticas tales como que los subsidios de un Estado están obligados a tributar, también están obligados los extranjeros
Teoría de Eherberg
Considera que se debe tributar como un axioma que ensimismo no reconoce límites pero que los tiene en cada caso particular en las razones de oportunidad que aconseja la tendencia de servir el interés General.
Teoría de los servicios públicos
Considera que el tributo tiene como fin costear los servicios públicos que el Estado presta, para que el particular page el equivalente a los servicios públicos que recibe.
Consiste en que toda actividad del Estado es concretamente un servicio público que no es encaminada a la prestación de servicios como tal por lo que todos sus recursos que reciben se destinan exclusivamente a la satisfacción de los servicios de esta naturaleza.
El gasto público
En México de acuerdo al artículo 31 fracción cuatro señala que la obligación de contribuir a los gastos públicos de la Federación reside en los estados y municipios, sin embargo la constitución no aclara que debe entender como gastos públicos
Gabino Fraga indica que los gastos públicos deben entenderse como aquellos que se destinen la satisfacción atribuida del estado de una necesidad colectiva, quedando por un tanto excluido de su comprensión los que se destinan a la satisfacción de una necesidad individual
GISSELLE GONZALEZ HERNANDEZ
LAE 5
ANALISIS DE LECTURA 3