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RÉGIMEN JURÍDICO DE LA GESTIÓN PÚBLICA GESTIÓN PUBLICA - Coggle Diagram
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA GESTIÓN PÚBLICA
Actividad administrativa de la gestión económica
Gestión económica de la Administración Publica
Es la participación del Estado como otro agente mas del mercado
La Administración ejerce la capacidad jurídica como un sujeto cualquiera
Iniciativa Publica
Es la aptitud de la persona jurídico publica para realizar actividad de comercio
El estado empresario se encuentra de igual forma limitado como cualquier otro agente
Sistema de economia de mercado
Sistema de economía mixto
Economía de libre mercado
El Estado funge como simple programador de la economía dependiendo de esta la oferta y la demanda
Economía interventoria
El Estado interviene de forma activa como empresario
Principio de subsidiariedad
En el marco legal venezolano no reza este principio
El Estado puede asumir actividades económicas dada su capacidad jurídica como persona pública
Es el desarrollo de los servicios y la satisfacción del bien común lo que limitara la acción económica del Estado.
Gestión administrativa económica de las empresas del Estado
Satisfacción del interés general
La actividad empresarial del Estado se encuentra justificada en la satisfacción del interés público.
Racionalidad del gasto público
Tiene que ver con una equitativa asignación de los recursos públicos y que su programación responda a criterios de eficacia y economía
No es solo el gasto inicial de constitución y la proyección de gastos del plan económico concreto
Es también la prohibición de la intervención del Estado en empresas económicamente fracasas y que son inviables económicamente
Libertad de empresa (Art. 112 CRBV)
La libertad de empresa es el derecho a realizar una actividad económica lícita y obtener por ella un lucro.
Libre competencia
Implica la libertad de decisión de los agentes del mercado que se regula por virtud de las leyes de oferta y demanda.
Las ventajas entre competidores deben provenir del cumplimiento de esas reglas y de la eficiencia, calidad, superioridad, mejores precios y condiciones económicas de sus productos y servicios.
Regulación Constitucional
La Constitución dispone de un conjunto de normas que delinean el sistema económico
La Constitución económica
Régimen socioeconomico y régimen fiscal monetario
Creación de entidades funcionalmente descentralizadas (Art. 300)
Manejo de la industria petrolera por medio de Ley Orgánica (Art. 302 y 303)
Promoción y desarrollo de la agricultura sustentable, el desarrollo rural integral y el régimen de la tenencia de la tierra (Arts. 306, 307 y 308)
Promoción de la pequeña y mediana empresa (Art. 308)
Protección a la industria popular típica y del turismo (Art. 308 y 309)
Gestión fiscal por medio de un presupuesto nacional para el desarrollo de funciones económicas (Art. 311, 312, 313, 314, 315, 316)
Sistema monetario nacional
Competencias monetarias ejercidas por el Banco Central de Venezuela (Art. 318)
Este ejercerá sus funciones en base a las políticas económicas generales
Es una persona jurídica autónoma que puede formular y ejercer políticas de su competencia
Dirección en base al principio de responsabilidad publica (Art. 319)
Sujeto al control posterior por parte de la Contraloria General
Coordinación macroeconómica
Promoción y defensa de la estabilidad económica para asegurar el bienestar social
Coordinación de funciones entre el Poder Ejecutivo y el BCV mediante acuerdos anuales de políticas
Ley de fondo de estabilización económica (Art. 321)
Destinada a garantizar la estabilidad económica en todos los niveles: Nacional, municipal y estadal
Sistema socioeconomico
Regula a partir del articulo 299 hasta el 321
El Estado por medio de la planificación estratégica, democrática participativa y de consulta promoverá el desarrollo económico (Art. 299)
Generar fuentes de trabajo
Elevar el nivel de vida
Alto valor agregado nacional
Fortalecer la soberanía ecónimica
Modos de gestión económica en la LOAP
Art. 4 RLOAFSSP
Los órganos y entes manejaran, formularan y controlaran su presupuesto de acuerdo al plan de cuentas clasificador presupuestario dictado por la Oficina Nacional de Presupuesto
Art. 3 RLOAFSSP
Indica que el presupuesto expresado para los órganos y entes sujetos de esta Ley debe estar expuesto en el ámbito institucional
Art. 2 RLOAFSSP
Dispone los órganos y entes sujetos a la actuación de la presente Ley
Art. 20 LOAP
Dicta el principio de eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.
Estos deben de estar dirigidos en base a los planes y estratégicas publicas
Art. 15 LOAP
Discrimina el ejercicio de la potestad administrativa y las definiciones organizacionales
Tendrán carácter de ente todas las organizaciones administrativas descentralizada con personalidad jurídica propia
Art. 12 LOAP
Delimita los principios sobre los cuales ejerce la AD sus funciones
Principios de económica, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, buena fe y confianza.
Régimen jurídico del dominio público
Naturaleza del derecho del Estado sobre los bienes del dominio público
El dominio público supone en este caso un titulo jurídico de intervención
Es una potestad adquirida por la Administración para disciplinar las conductas de quienes utilicen de las cosas calificadas como públicas
Constituye un derecho de propiedad pero que el ejercicio de los atributos de este estaría paralizado por la destinación del bien
Afectación y desafectación
Afectación
Se lleva a cabo por la Ley sin la necesidad de otro tipo de declaración o acto formal
Puede ser expresa o automática
Desafectación
Es la situación jurídica por la que un bien público deja de pertenecer al dominio público.
Puede producirse por causas naturales, de forma tácita o expresa
Régimen constitucional y legal de los bienes de dominio público
Articulos
Todas las aguas son del dominio público de la Nación, insustituibles para la vida y el desarrollo (Art. 304)
El Estado se reserva la actividad petrolera y explotaciones; por razones de soberania el Estado se reserva el total de acciones de PDVS (Art. 302 y 303)
Principio Uttis possidetis juris (Art. 10)
Principio de soberania territoria (Art. 11)
Los yacimientos mineros y de hidrocarburos son bienes de dominio público (Art. 12)
Ley Orgánica de Bienes Públicos (Art.5)
Bienes Nacionales
Aquellos con un regimen de participacion de un mayor 50% del capital social y las fundaciones del Estado
Bienes municipales
Aquellos con un mayor 50% de participación en el capital social y las fundaciones municipales
Bienes distritales
Aquellos con una participación mayor de 50% del capital social y las fundaciones del distrito
Bienes estadales
Aquellos bienes que poseen un régimen de participación de un mayor 50% en el capital social y de las fundaciones del estadales
Este régimen es un régimen de derecho público
Imprescriptibilidad
No puede obtenerse su propiedad por usucapión
Inalienabilidad (Art. 543 C.C.V)
El dominio público no es objeto de comercio
Clasificacion del dominio del Estado
La zona marítima terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y de la plataforma continental
Lo que determine la Ley
Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos
Los que pertenecen privativamente al Estado, sin ser de uso común, y están destinados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional
Todos aquellos bienes pertenecientes al Estado en que no concurran las circunstancias establecidas, los mismos tienen carácter de propiedad privada
Diversos criterios para definir del dominio público
Teoría de determinación legislativa
Establece que los bienes del dominio público son aquellos calificados como tales por el legislador
Teoría de afectación de servicios
Indica que los bienes del dominio público son los afectados a servicio público
Teoría clásica francesa
Considera que los bienes de dominio público son porciones territoriales, destinadas al uso público y no susceptibles de propiedad privada
Teoría por la afectación de la autoridad competente
Afirma que los bienes de dominio público son aquellos afectados por la autoridad competente a los fines de la utilidad general
Definición del dominio público
Es un conjunto de bienes que de acuerdo al ordenamiento jurídico, pertenecen a una entidad estatal, hallándose destinados al uso público directo o indirecto de los habitantes.
División de los Bienes del Estado
Bienes públicos
Son aquellos bienes que por su naturaleza o destino no son objeto comercial
Bienes privados
Son los que pertencen a personas naturales o jurídicas y que son objeto de comercio