Se reconoce a los docentes agentes directos de la labor orientadora, estableciéndose entre sus funciones: la tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje, el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias, la orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados.
Es una intervención esencial en la educación básica, que ha de extenderse a lo largo de la vida.