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Trámites administrativos posteriores
a la firma del contrato:
CONCEPTO
:
En el caso del
alquiler
,
no hay más trámites obligatorios
, aunque se puede inscribir en el Registro de la Propiedad para garantizar el alquiler al arrendatario en caso de transmisión de la vivienda.
En caso de
compraventa
, los
trámites continúan.
LA ESCRITURA DE COMPRAVENTA:
Es un documento
público
otorgado ante
notario
. Razones por las que se realiza:
SON:
• El notario da fe de la operación.
• El notario aporta seguridad jurídica a las partes.
• En caso de VPO, el notario indicará cuál es el precio máximo, así como otras limitaciones legales.
• Comprobará que la vivienda está libre de cargas y quién es el titular de la vivienda.
• Revisará que se está al día en el pago del IBI y cuotas de la comunidad.
• Comprobará que se adjunta el certificado de eficiencia energética y la cédula de habitabilidad.
• Verificará el medio de pago en la operación y comprobará el pago del IVA en obra nueva.
El coste de estos trámites correrá a cargo del comprador. El vendedor pagará la plusvalía
TRÁMITES POSTERIORES:
SON:
• Abonar los
impuestos
de cada comunidad autónoma en un máximo de
30 días hábiles.
• Pago del
IVA
en caso de
obra nueva
, por parte del promotor, que lo incluirá en la
factura
.
• Inscribir la compra en el
Registro de la Propiedad.
ASPECTOS DE UNA PETICIÓN DE UN PRÉSTAMO:
• La cantidad que se va a pedir, ya que el préstamo lleva una serie de gastos.
• Comparar las condiciones que ofrecen las distintas entidades financieras:
o Comisiones cobradas por la entidad.
o Tipo de interés que aplica y si es fijo o variable.
o Obligaciones accesorias, como domiciliación de recibos, seguros, etc.
o El plazo de devolución.
Una vez concedido el préstamo, es obligatorio liquidar el ITPJD para inscribir en el Registro de la Propiedad y,
posteriormente, realizar la escritura pública del préstamo.
IMPUESTOS EN LA COMPRAVENTA Y ALQUILER DE INMUEBLES:
A. Fiscalidad en la venta de inmuebles
El
vendedor
deberá pagar:
El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
(plusvalía municipal).
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El
comprador
deberá pagar:
El Impuesto sobre el Valor Añadido (
IVA
) e Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales (
ITP
).
B. Fiscalidad en el alquiler de inmuebles
:
El
arrendador
ha de tributar por los rendimientos obtenidos del
alquiler
, salvo posibles
deducciones
.
El
arrendatario
tiene deducciones
estatales y autonómicas
, si cumple los requisitos
legales
.