NORMATIVA DEL SISTEMA FINANCIERO DE BOLIVIA-ASFI- LEY 393
objetivo
Empresas de Servicio Financiero Complementarias
ENTIDADES FINANCIERAS PUBLICAS
ENTIDADES FINANCIERAS PRIVADAS
banco PYME y banco Multiple
objetivo
banco de desarrollo productivo
servicio y operaciones
promover, apoyo financiero al desarrollo de los sectores productivos y al sector del comercio y la economia nacional
La presente ley tiene por objeto, regular las actividades de intermediación financiera y la prestación de los servicios financieros, así como la organización y funcionamiento de las entidades financieras
Y no podrán ser menos
de cinco (5) personas naturales y/o jurídicas
MULTIPLE-cuentan con el objeto de prestar servicio al publico en general
PYME- Cuenta con el objeto de prestar servicio a Sectores de pequeñas y medianas empresas
Cooperativas de ahorro y crédito
cuentan con el objetivo de la prestación de servicios de Intermediación financiera.
estas se encuentran facultadas para realizar a nivel nacional y las mismas cuentan con prohibiciones.
Entidades Financieras de Vivienda
cuenta con el objeto de prestar servicios de intermediacion financiera, netamente para la adquisición de vienes
finalidades
funciones
promover el desarrollo del sector agricola, ganadero, manufacturero, piscícola y forestal
prestar servicio financiero al sector economico cultural, financieras a otras entidades reguladas, otorgar financiamiento a emprendimientos productivos y mejorar el desempeño de las unidades productivas.
CASAS DE CAMBIO
estas se encuentran facultadas, para la compra y venta de las monedas, cambio de chueques y envio y recepcion de giros.
ESTUDIANTE: BISMARK ALEJO CONDORI MATERIA: DERECHO BANCARIO Y SEGUROS