NORMATIVA DEL SISTEMA FINANCIERO DE BOLIVIA-ASFI- LEY 393

objetivo

Empresas de Servicio Financiero Complementarias

ENTIDADES FINANCIERAS PUBLICAS

ENTIDADES FINANCIERAS PRIVADAS

banco PYME y banco Multiple

objetivo

banco de desarrollo productivo

servicio y operaciones

promover, apoyo financiero al desarrollo de los sectores productivos y al sector del comercio y la economia nacional

La presente ley tiene por objeto, regular las actividades de intermediación financiera y la prestación de los servicios financieros, así como la organización y funcionamiento de las entidades financieras

Y no podrán ser menos
de cinco (5) personas naturales y/o jurídicas

MULTIPLE-cuentan con el objeto de prestar servicio al publico en general

PYME- Cuenta con el objeto de prestar servicio a Sectores de pequeñas y medianas empresas

Cooperativas de ahorro y crédito

cuentan con el objetivo de la prestación de servicios de Intermediación financiera.

estas se encuentran facultadas para realizar a nivel nacional y las mismas cuentan con prohibiciones.

Entidades Financieras de Vivienda

cuenta con el objeto de prestar servicios de intermediacion financiera, netamente para la adquisición de vienes

finalidades

funciones

promover el desarrollo del sector agricola, ganadero, manufacturero, piscícola y forestal

prestar servicio financiero al sector economico cultural, financieras a otras entidades reguladas, otorgar financiamiento a emprendimientos productivos y mejorar el desempeño de las unidades productivas.

CASAS DE CAMBIO

estas se encuentran facultadas, para la compra y venta de las monedas, cambio de chueques y envio y recepcion de giros.

ESTUDIANTE: BISMARK ALEJO CONDORI MATERIA: DERECHO BANCARIO Y SEGUROS