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Clasificaciones de las Obligaciones - Coggle Diagram
Clasificaciones de las Obligaciones
Obligaciones atendiendo al derecho del cual provienen
pueden ser civiles y honorarias. Son civiles las que quedaron reglamentadas por el derecho civil y honorarias las que emanan del derecho honorario.
Clasificación de las obligaciones atendiendo a su eficacia procesal:
obligaciones civiles y obligaciones naturales
Naturales: No están provistas de un medio judicial para obligar al deudor cumplir.
Civiles: Dotadas de acción para exigir su complemento.
Clasificaciones de las obligaciones ateniendo a los sujetos
Solidaridad:
es un valor personal que supone la capacidad que tienen los miembros que pertenecen a una comunidad de actuar como un todo. Se divide en tres fuentes
Ley
Testamento
Contrato
Obligaciones correal o solidarias
: Cada acreedor tiene derecho al crédito integro o cada deudor debe pagar la deuda en su totalidad.
Obligaciones parciarias
: Son obligaciones con múltiples sujetos, y cada acreedor puede reclamar estas obligaciones, y cada deudor debe realizar solo una parte de los beneficios, correspondiente a sus reclamos y acciones de deuda.
Obligaciones ambulatorias:
Acreedor ,deudor, o ambos a la vez no están indidualizados al momento de constituirse la obligación.
Clasificación de las obligaciones ateniendo a los objetos:
Obligaciones genéricas y específicas
Especificas:
En las obligaciones específicas el objeto está individualizado:
Genéricas:
Son obligaciones genéricas aquellas en las que el deudor está obligado a entregar
un objeto indicado sólo por su género: entregar
Obligaciones divisibles e indivisibles:
En las obligaciones divisibles la prestación se puede cumplir de forma fraccionada sin que por ello sufra menoscabo. En las indivisibles sucede lo contrario.
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Obligaciones alternativas y facultativas
Facultativas:
Llaman obligación facultativa a la persona cuyo objeto es una cosa concreta, pero otorgan al deudor el derecho a pagar por algo adeudado u otra cosa especificada en el título de establecimiento de la obligación.
Alternativas:
En una obligación sustitutiva se adeudan todos los objetos que constituyen la obligación, pero se puede eliminar pagando uno de ellos.