Los contadores públicos, aunque no se cumple un horario fijo brindan un servicio continuo a la empresa, ellos realizan de cierta forma el pago de credenciales, debe tener una subordinación y una dependencia y la permanencia en su empresa, tiene una remuneración, después de demostrar esa cosa se puede acudir a un juez a que tenga derecho a prestaciones pago de ley que se le devuelva lo que atenido que pagar por el pago de aportes a seguridad integral, y las cosas que corresponde por derecho como trabajador.