Los principios rectores de la Ley 100 de 1993 debe interpretarse como una universalidad con respecto a todos los habitantes, sin que existan cualidades discriminatorias, pues esta universalidad sólo es completa si en ella está inmersa la igualdad, por ello, el preámbulo de la Ley 100 de 1993, se convierte en un anhelo romántico de un Estado Social Y Democrático de Derecho, al igual que el de la Constitución Política de Colombia. Lo anterior, por cuanto la reglamentación y operatividad de los preámbulos, se ha distorsionado con los Decretos reglamentarios de la Ley 100, por lo cual en múltiples oportunidades, los colombianos han tenido que hacer respetar sus derechos fundamentales vía tutela o a través de la jurisdicción ordinaria laboral, administrativa etc